Premios Princesa de Asturias, COVID frente a sentimiento

El mismo día que España marcaba el máximo número de personas que daban positivo de la COVID en todo el período de la pandemia, la Fundación Princesa de Asturias se enfrentaba al difícil reto de celebrar su ceremonia de entrega de los galardones que llevan el nombre de la heredera de la Corona, en un escenario diferente al habitual en Oviedo. El Hotel de las Reconquista y su salón Covadonga fue la alternativa al histórico Teatro Campoamor, que durante 39 ediciones albergó este evento. La falta de público, la severidad de las medidas sanitarias cumplidas a rajatabla, la ausencia de premiados importantes y la estrechez del espacio puso muy complicada la celebración de esta ceremonia, siempre fundamentada en la solemnidad y el sentimiento.

La Fundación buscó una alternativa que consideramos razonable, pero he echado de menos “cosas” que en tantas ediciones que he vivido no he sentido la mismas sensaciones. La situación, el guión y el espacio dejó en segundo lugar el sentimiento universal tan importante para este acto. La organización fue buena como siempre, pero algo no conectó con ese espíritu que tanto emociona en cada cita. Aunque sea imputable a la pandemia, hemos echado de menos los momentos que tan importantes eran para el que fuera su primer director, Graciano García: ver en el evento la imaginaria fotografía anual del reconocimiento a los esfuerzos de colectivos por lograr un mundo mejor, en convivencia y en paz.

Doy fe del extraordinario trabajo de los responsables de protocolo y del conjunto de personas que trabajan anualmente para hacer posible este evento, que desde el punto de vista protocolario ha sido casi impecable. Pero el resultado del guión, la escenografía y el espacio no han contribuido a una ceremonia que este año más que nunca debía mantener la solemnidad y la emoción que requiere, a sabiendas de que la sobriedad era necesaria. Pero solemnidad, reconocimiento y emoción no están reñidos con la austeridad y la sobriedad. Podrían haber convivido. Ni tan siquiera los preciosos discursos me han motivado, aunque fueron realmente magníficos. Continúe Leyendo…

La representación protocolaria de los presidentes autonómicos

El Presidente regional “accidental” o “suplente” no goza de la misma precedencia de la autoridad a la que sustituye según la Abogacía del Estado. La siempre difícil cuestión de la representación protocolaria.

 

El Presidente de la Generalitad, en 2013, declinó asistir a un acto promovido por los empresarios catalanes, al no acepotar la representación de la Vicepresidenta por el Presidente del Gobierno. Su silla quedó vacía.

El Presidente de la Generalitad, en 2013, declinó asistir a un acto promovido por los empresarios catalanes, al no acepotar la representación de la Vicepresidenta por el Presidente del Gobierno. Su silla quedó ocupada por un Conseller, aunque en la imagen aparezca vacía. Ver video.

Una de las cuestiones que voy a plantear en el V Congreso Universitario de Comunicación y Eventos, que se celebrará en Madrid los días 1, 2 y 3 de junio, responde a una pregunta muy concreta: ¿Por qué los presidentes de las comunidades autónomas no pueden hacerse representar en los eventos y que su representado tenga los honores y precedencia de aquellos en los actos regulados por la normativa nacional? El Real Decreto 2099/83 sobre Ordenación General de Precedencias en el Estado, en su artículo 9, es claro al respecto al restringir ese derecho protocolario solo a quien acude oficialmente en nombre del Rey y del Presidente del Gobierno. La norma, de carácter nacional, es de obligado cumplimiento (salvo para los actos de carácter especial promovidos por instituciones que dispongan de normativas propias o específicas y a los queno concurran autoridades contempladas en aquélla), pero convendría hacer una reflexión seria si el alcance de esa decisión política no debiera ampliarse, al menos en su demarcación regional, a los presidentes autonómicos.

Es evidente que una cuestión tan importante requiere de mucho más espacio que lo aconsejable para un artículo en un blog o un pequeño espacio de tiempo en un congreso. Pero es bueno que se empiece a pensar que el Real Decreto aludido no solo requiere de estudio y revisión en el orden de precedencias, sino que hay otros aspectos que también deben debatirse. En este blog hemos hecho referencia muchas veces a determinados aspectos que hay que cambiar –y con el tiempo se terminarán por hacer, en un sentido o en otro, para bien o para mal-, pero hasta ahora no habíamos tratado la cuestión de una posible modificación en el tema de la representación. Un Real Decreto que va camino de cumplir 40 años, en una España que tanto ha cambiado jurídica, política y socialmente hablando, no le queda otro futuro que la revisión. Si el decreto franquista de 1968 apenas duró 15 años, ¿cómo es posible que con la tremenda evolución de la sociedad institucional española llevemos 34 años sin que nadie se atreva a actualizar (digo actualizar, insisto) de verdad principios legales que son necesarios y que surgen no solo de la evolución, sino de la aparición de nuevas normativas? Continúe Leyendo…