Tratamiento para un “rey jubilado”

Firma abdicación

El rey, don Juan Carlos, durante la firma de su abdicación, el 2 de junio de 2014 (Casa de S.M.)

 

La abdicación como rey de don Juan Carlos abrirá para muchos un interrogante sobre el papel que ha de asumir como padre de quien le ha de sustituir, don Felipe de Borbón. A falta de conocer la nueva Ley Orgánica que ha anunciado el gobierno, y que curiosamente se aprobará a toda prisa para dar cumplimiento al artículo 57.5 de la Constitución aprobada en 1978, la escasa normativa vigente en la actualidad no reserva competencia alguna para quien ha cedido la Corona. En España hay muy pocos antecedentes y los que hubo claramente no son aplicables a los tiempos del siglo XXI. Tampoco podemos sacar muchas conclusiones de la cesión de derechos dinásticos de don Juan a favor del rey don Juan Carlos, ya que no era una abdicación como tal, sino una renuncia a los derechos sucesorios, lo que implicaba además la transmisión de la Jefatura de la Casa Real.

 

Desde el punto de vista protocolario don Juan Carlos debería mantener por tradición la dignidad de rey y el tratamiento de majestad, así como la reina madre, doña Sofía. Será el nuevo rey, don Felipe VI, como jefe de la Casa Real, quien deba establecer la dignidad y tratamiento que desea para sus padres, como hizo don Juan Carlos con los suyos por Real Decreto en 1987 por el que se otorgaba el título de altezas reales para el Conde de Barcelona y  su esposa, María de las Mercedes, y los honores análogos al Príncipe de Asturias.

 

Un nuevo título para don Juan Carlos

 

Es de suponer que mantendrá la tradición y que tanto don Juan Carlos como doña Sofía conservarán el tratamiento de majestades y los honores de reyes, siguiendo así una norma no escrita que cumplen todas las casas reales europeas. Estoy convencido que don Felipe otorgará al ex monarca un título Real con el que se le denominará públicamente y no parece que el más acertado sea el de Conde de Barcelona porque aún sigue vinculado a la memoria de don Juan.

 

Constitucionalmente hablando el papel de un padre de un rey es cero. Será aquél que el nuevo jefe de la Casa Real, don Felipe, quiera darle, lo mismo que hizo don Juan Carlos con todos su Familia Real –hijos, hermanas, padres-, para quienes la Constitución no prevé papel institucional alguno, más allá de representar a la Corona cuando se determine. Para muchos será difícil ver a los “ex reyes” públicamente en actividades oficiales de Estado o representando al nuevo monarca en actos determinados, por lo que papel se limitaría a actos meramente familiares.

 

No hay sitio para el ostracismo real

Sin embargo, estoy convencido que el nuevo Rey pedirá a sus padres –una vez don Juan Carlos recupere bien su salud- que no se queden aislados, ni separados del compromiso de Estado. Seguramente asistirán a actos concretos que contribuyan al papel que la Casa Real debe continuar jugando en nuestro país. No serán actos de Estado, pero si de contacto con la realidad ciudadana. No hacerlo, en nuestra opinión, sería un error. No hay sitio hoy para el “ostracismo” real de sendos reyes que aún en horas bajas cuentan con un alto porcentaje de respeto y reconocimiento. Deberán saber jugar un papel muy secundario, pues el Rey Felipe VI habrá de aplicarse al máximo para consolidar su papel de máximo representante del Estado. Don Juan Carlos sabe que su intervención pública ha de ser limitada y prudente, sin interferir el importante reto que tiene su hijo por delante. Pero tampoco hay sitio hoy para un rey jubilado.

 

El Príncipe de Asturias, en unos días Rey, pasará por un conjunto de ceremonias que den visibilidad a la normativa, entre ellas la de jurar o prometer la Constitución ante las Cortes. La ceremonia será similar a la de su padre en 1975, con la Corona y el Cetro sobre un cojín en el estrado del Congreso. El protocolo que debiera responder, de alguna manera, al estilo inicial que quiera dar a su reinado. Su ceremonia será analizada al milímetro, para ver esos pequeños detalles que esconde el protocolo y que normalmente conllevan mensajes significativos.

 

El Rey juró ante Dios y sobre los “Santos Evangelios”, con presencia de una cruz  junto a la Corona y el Cetro. Don Felipe lo hará ante la Constitución como manda la norma y confiemos que lo haga sin crucifijo como lo hizo al cumplir su mayoría de edad, también en el Congreso.

¿Y qué tratamiento damos al ex Papa?

Benedicto XVI
Son muchas ya las personas que me han preguntado al respecto. ¿Qué tratamiento tendrá a partir del 28 de febrero quien ocupara, como Benedicto XVI, la cátedra de Pedro al frente de la Iglesia Católica?  Hace más de setecientos años (la última fue en 1294, Pietro Angeleri di Murrone, que pasaría a la historia de sus cien días de papado como Celestino V[1]) que no vivíamos una situación así: la renuncia voluntaria de un Papa. La primera fue en el año 97, con Clemente I -cuarto Papa de la Iglesia Católica, al ser condenado y mandado al exilio-, la segunda la de Ponciano también enviado al exilio en el año 235, la tercera Benedicto IX en el año 1044, destituido por la vida que llevaba -aunque luego volvió a ser Papa en 1045 durante un mes y de 1047 a 1048 y el último fue Gregorio XII en 1415, en la época del Cisma de Occidente, obligada por el emperador Segismundo. Es absolutamente inédito que un Papa deje de serlo en vida, lo que introduce en los tiempos actuales una nueva situación protocolaria.
 CelestinoV
 Papa Celestino V
Es cierto que no ha de preocuparnos mucho si el hasta ahora Benedicto XVI se mantiene apartado del mundo y lejos de la realidad cotidiana. Pero, ¿qué pasaría si un día participara en un evento religioso o de otro tipo? ¿Debemos seguir refiriéndonos a él como Santidad? ¿Hay que seguir llamándole Benedicto XVI? Preguntas difíciles de responder por esa falta de costumbre y la inexistencia de referencias legales al respecto, y sin que la jerarquía católica se haya manifestado aún al respecto con claridad y firmeza.
La lógica no dice que debería dejar de llamarse Benedicto XVI, para utilizar la condición anterior a la que tenía antes de su elección como sucesor de San Pedro y Vicario de Cristo por el Sínodo de Obispos, como Cardenal Ratzinger. Sin embargo, expertos vaticanos consideran que la condición de cardelanato no podrá mantenerla, ya que es un dignidad que concede el Papa y Benedicto dejó de serlo cuando fue elegido Pontífice el 19 de abril de 2005. Sin embargo, es posible que el nuevo Papa le mantenga tal condición, quizá de forma honorífica (otra cosa es que él acepte). Es evidente que seguirá siendo Obispo, cuestión que es de por vida si no se incumplen las normas.
Dicen los mismos expertos que seguirá llamándose Benedicto XVI porque aunque no sea Papa desde el 28 de febrero, ha sido el Papa que ha llevado ese nombre, y como tal estará en la historia. Además, el sentido común y la lógica nos dice que le seguiremos llamando Benedicto, y probablemente muchos dirán “Papa Benedicto”. Por eso quizá es un poco absurdo pensar en que sencillamente será el Obispo Ratzinguer, o el Obispo emérito de Roma Ratzinguer. Legalmente será así, si no se modifica nada, pero desde el punto de vista protocolario como lo analizamos aquí, sospechamos que la realidad irá por encima de la legalidad.
Según la Agencia Efe, mantendrá el nombre de Benedicto XVI, aunque advierte no tener respuesta para el título que tendrá. Es de imaginar que el nuevo Papa tratará de darle la consideración que estime oportuna. Un ejemplo de que las cosas no pueden seguir igual en cuanto al tratamiento, reside en que un Papa cuando muere se le retira el conocido como “Anillo del Pescador” (símbolo del poder Pontificio) y se destruye una vez el Cardenal Camarlengo verifica la muerte, hecho simbólico que certifica que el reinado ha concluido. En este caso, el portavoz vaticano, Federico Lombardi no supo (o quiso) responder con exactitud a esta cuestión, aunque se mostró convencido en público que su anillo sería machacado, “ya que los objetos relacionados con el ministerio petrino tienen que ser destruidos”.
¿Excelentísimo o Eminencia Benedicto?
El caso es que si no es Papa no podrá ser tratado como Santidad, ya que eso se reserva para el Papa titular. No es como el caso de un Rey que abdica y conserva el tratamiento de Majestad de por vida, e incluso el nombre oficial, tal y como ocurriera con Felipe V (en sus abdicaciones), Fernando VII (en su exilio francés) o Alfonso XIII (en su exilio romano). Sin embargo, se nos hace duro pensar que alguien que ha sido Su Santidad en tratamiento pase ahora a ser un sencillo Excelentísimo y Reverendísimo Señor Obispo o Eminencia si se decide que tenga la condición de Cardenal. E incluso se nos hace duro pensar que un ex papa se coloque entre los obispos por el orden de antigüedad. Supongo que ante unas circunstancias nuevas (las referencias históricas señaladas no nos valen para lo que estamos escribiendo y menos para estos tiempos) tendrá que resolver el futuro Papa que salga del cónclave que designará al sucesor.
Cuando se manifieste al respecto podremos saber lo que hay que hacer a ciencia cierta, tanto en el tratamiento (por si alguien quiere enviarle una carta a su residencia) o en el protocolo si decidiera estar presente en un acto vaticano o eclesial en cualquier lugar del mundo. Si se diera la circunstancia de que el próximo Papa falleciera antes que Ratzinguer, y éste quisiera asistir a su funeral, ¿dónde se le ubicaría? ¿Un puesto especial? Sí, pero dónde. Bueno, tenemos todas las dudas, pero confiemos que pronto se despejen.
Se requiere para la validez, según el artículo 332 del Código de Derecho Canónico, que la renuncia sea libre y se manifieste formalmente, pero que no sea aceptada por nadie. La citada fuente de derecho subraya que los dos modos previstos en la legislación para el cambio en la cabeza de la Iglesia son el fallecimiento o la renuncia y que este segundo supuesto tiene una peculiaridad: “No se requiere que sea aceptada por nadie, dado que no tiene superior en la tierra”.
Asimismo, agrega que una vez hecha la renuncia y manifestada, en el modo que sea, la sede Pontificia queda vacante y no puede volverse atrás. ¿Pero protocolariamente cómo queda un ex Papa, que además seguirá llamándose como el Papa? Estaremos atentos.


[1] Ver más sobre este Papa en http://juancarloslopezeisman.blogspot.com.es/2012/09/renuncia-del-papa-celestino-v-13.html.