Ceder la presidencia no es cuestión de precedencia

El deporte, en este caso, a través del gran acontecimiento que ha supuesto la elección de la ciudad sede de los Juegos de 2020 -del que desgraciadamente Madrid ha caído fuertemente vapuleada para gran sorpresa de los españoles a quienes creo que los periodistas nos llenaron de pájaros la cabeza- ha venido a demostrar que ceder el puesto del anfitrión a una autoridad en una presidencia no es cuestión de jerarquía, ni algo obligatorio o exigible, sino decisión del organizador que ha de recurrir a su propio criterio o el de la institución que representa, bien porque así esté dispuesto, por estrategia, en consonancia con lo que se pretende, por cortesía o por interés. Pero en cualquier caso con cabeza y de acuerdo a los objetivos y entorno.
Estamos acostumbrados -normalmente por imposición de un protocolo mediocre- a que el anfitrión tenga que ceder obligatoriamente cuando a su acto acude un autoridad de notable mayor rango, de tal manera que un Alcalde se ve desplazado por el Presidente de la Comunidad -quiera o no-, o un presidente de un congreso profesional por el concejal de Turismo. El Protocolo deportivo nos enseña continuamente que la cesión es algo que obedece a una justificación clara -cortesía, estrategia conveniencia, etc.-, pero no por imposición.
La delegación española mostró dos tipos de ordenación en el fatídico 7 de septiembre: una ante los miembros del COI defendiendo su candidatura, con el Príncipe de Asturias presidiendo la mesa destinada a la delegación aspirante; y otra en la posterior rueda de prensa con el Presidente del Comité Olímpico Español presidiendo con el presidente del Gobierno a su derecha y el presidente de la Comunidad de Madrid a la izquierda. Dos situaciones parecidas -la segunda sin el Heredero-, pero con soluciones diferentes.
 madrid2020 A
(Protocolo de la mesa principal en la solemne sesión ante la Asamblea General del COI: 1: Príncipe de Asturias; 2. Presidente del Gobierno; 3, Presidente del COE; 4 Presidente de la Comunidad de Madrid; 5. Juan Antonio Samaranch, miembro del Comité Ejecutivo del COI y de la candidatura española; 6: Alcaldesa de Madrid; 7: Consejero delegado de Madrid 2020 y Secretario General del COE)
Tenía sentido que ante la Asamblea General del COI el Príncipe, representando al Estado español, presidiera, transmitiendo así imagen de país por encima de colores políticos, gobiernos o intereses. Un Príncipe, llamado a ser Rey y atender su fundamental labor de representar a todos los españoles ocupaba la zona central de la presidencia, ocupando el anfitrión de la candidatura, el presidente del COE, su lado izquierdo, es decir, el puesto 3, solución en mi modesta opinión muy correcta, por cuanto que el invitado de honor queda a su derecha y logrando con ello que el puesto dos que a disposición del Presidente de todos los españoles. Algunos dirán que como era el Príncipe la cesión fue obligatoria. Ojo, que en el mundo del deporte y más en los eventos internacionales no se trabaja con estas premisas (que se lo pregunten al Soberano de Mónaco sentado como uno más entre los miembros de los CON’s o a la propia Infanta doña Pilar). Don Felipe. representando al Rey de España presidía porque así lo dice la lógica del evento en el que Madrid y España presentaba su alternativa. Su puesto conseguía visualizar mejor la idea de una representación de todo el país. Es decir, una cesión claramente justificada en este ámbito deportivo internacional donde las cesiones no abundan si no hay razones muy justificables). La precedencia o la dignidad de cargo no es razón para que el anfitrión abandone su función de presidir. (y aprovechando el viaje; una composición muy propia del deporte, a un lado las autoridades políticas, y al otro las deportivas)
Sin embargo, minutos después, ya fuera del local de la Asamblea, la delegación española, sin el Príncipe, ofreció un rueda de prensa, y en la mesa de los siete que concurrieron ante los medios de comunicación, presidió el Presidente del COE, con Rajoy (presidente del Gobierno) a su derecha y Sánchez (presidente de la Comunidad de Madrid) a su izquierda. Otra decisión muy acertada a nuestro entender. Si hubiera habido cesión en favor del Presidente del Gobierno, se hubiera descafeinado o incluso matado el objetivo del evento. ¿Qué pintaría Rajoy presidiendo una rueda de prensa de una candidatura que representaba por encima de todo el Presidente del COE? Muy correcta, pues, la decisión. Y me gustó mucho la composición del resto de la mesa, buscando la alternancia entre representantes olímpicos, políticos y deportista. Un acierto, aunque en mi modesta opinión hubiera intercambiado los puestos de la directora de Relaciones Internacionales y el del Consejero Delegado, pero tampoco tiene este dato mayor importancia para el resultado final pretendido (y el protocolo interno del COE se impuso).
(Parte central de la mesa presidencia en la Riueda de Prensa tras la presentación de la candidatura. Por orden de protocolo quedó como sigue: 1.- Presidente del COE; 2. Presidente del Gobierno; 3. Presidente de la Comunidad de Madrid. No salen en la foto, pero el resto de los componentes estaban en este orden: 4. Alcaldesa de Madrid (derecha de Rajoy, y el resto en alternancia); 5; Directora de Relaciones Internacionales del COE; 6; Paul Gasol; 7. Consejero delegado de Madrid 2020)
Y lo mismo ocurrió en la rueda de prensa previa a la Asamblea, donde el Presidente del COE presidió dejando la derecha al Presidente de la Comunidad de Madrid y la izquierda a la Alcaldesa. Otra opción hubiera sido absurda.
 Madrid rueda buena
(El Presidente del COE preside entre el Presidente de la Comunidad de Madrid y la Alcaldesa de la Villa)
Estos ejemplos, ambos de gran acierto, son desgraciadamente la excepción del buen hacer, en un país demasiado acostumbrado que a por exigencia el anfitrión tenga que ceder cada vez que acude a su evento una autoridad de mayor rango o sencillamente una autoridad -caso de instituciones no oficiales-. Hay que acabar con esa especie de lacra de ceder sencillamente por mirar el denostado Real Decreto 2099/83 de Ordenación General de Precedencias en el Estado. Es un error, máximo cuando el propio R.D., aunque contemple de forma indirecta la cesión, deja claro que el acto debe ser presidido por la autoridad que lo organiza. Señores políticos, o profesionales de protocolo que para ellos trabajan: exigir la presidencia sin más es un abuso que no debía tolerarse. El anfitrión es quien decide, bien porque la interesa, lo aconseja la filosofía del acto, por cortesía o por inteligencia, pero no se le puede presionar o chantajear. La imposición -directa o indirecta- actual, es de escándalo, tanto por su carácter habitual como por las formas en que se produce.
¿A alguien le pareció rara la composición de alguna de esas presidencias antes comentadas? Supongo que no. Pero estábamos ante el COI que en esto no se anda con tonterías. Los organismos internacionales creen más en el protocolo que cualquier institución española, país del que tanto presumimos de nuestro rico e histórico protocolo. Esa es la cuestión. En otra situación, no hubiéramos visto lo mismo. No tengan duda. Nos queda mucho por asumir en este país. Vayamos tomando nota.

Himno nacional en el deporte y el miedo a legislar

Fútbol

Hace pocos días, un medio de comunicación nacional me hacía una entrevista, con ocasión del Europeo de Fútbol, acerca del comportamiento que tanto el público como los jugadores debían observar a la hora de interpretarse los himnos nacionales antes de iniciarse la contienda. Se interesaban acerca de una posible normativa al respecto o costumbre sobre la cuestión. Parece que a raíz de la polémica de los pitidos en la final de la Copa del Rey entre el Barcelona y el Atlético de Bilbao, los periodistas se han interesado por la cuestión. El propio Ministro de Asuntos Exteriores al día siguiente del encuentro hacía referencia al tema. José Manuel García Margallo, manifestaba, y así lo recogía la agencia EFE,  que acciones como éstas no se podían considerar “libertad de expresión” y que, por el contrario, “debilitaba la identidad nacional” y  “perjudicaba no sólo a los intereses de la nación, sino de todos los españoles”.

Hemos de situarnos en dos contextos diferentes: el español y el internacional. Analicemos en primer lugar la cuestión doméstica. El Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre, por el que se regula el Himno Nacional, no establece en renglón alguno en qué actitud ha de mantenerse el público civil cuando se interpreta, limitándose en su artículo 4 a señalar que “la actitud de respeto al himno nacional de los asistentes a los actos en los que sea interpretado se expresará, en el caso del personal uniformado de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad, efectuando el saludo reglamentario”. De esta única referencia al tema objeto de análisis deducimos dos cosas: que durante la interpretación de este símbolo nacional hay que mantener una actitud de respeto, que para el personal civil no se matiza (en el borrador de esta norma en su momento había propuestas que no se tomaron en consideración), y sí se especifica para los militares. Evidentemente silbar al Himno no es precisamente una actitud de respeto. Para el que suscribe, tema zanjado, pues evidentemente lo que exhibieron miles de aficionados en el estadio Vicente Calderón no es precisamente respeto. Que cada uno interprete, a falta de definición legal, cómo se debe expresar en nuestro país el respeto, pues tampoco tenemos costumbres civiles que nos ayuden.
La cosa es complicada, porque si en lugar de una sonora pitada, hubiera ocurrido que todo el estadio cantase festivamente la inexistente letra, tal y como lo hacemos los españoles (“chinta,chinta, tariraro…), habría que valorar si tal acción es respetuosa. El diccionario de la Real Academia Española, como ocurre en otras cuestiones protocolarias, tampoco nos ayuda a saber exactamente qué es respeto en este ámbito. De las ocho acepciones que tiene, la más próxima define el término como “Miramiento, consideración, deferencia”. Está claro que ninguna de ellas puede acoger ni a los silbidos, ni al colectivo cachondeo con la letrita. Evidentemente, silbar lleva implícita una manifestación ostentosa de rechazo, luego por tanto no hay consideración, ni deferencia. Cuando se canta, al menos no debería hablarse de falta de consideración, pues hay una intención buena de expresar la identificación de unos aficionados con el símbolo, que en el caso español es más difícil precisamente por la falta de letra.
En las pugnas internacionales, cada afición anima o festeja a su equipo o a su representante desde el inicio o se lo agradece tras la victoria -caso de otras competiciones donde se hace uso del himno tras la entrega del trofeo, como los Juegos Olímpicos- y hacer gritar sus gargantas al son del símbolo musical es una forma de expresar el apoyo a quien representa a su país. Los españoles, por contra, debemos recurrir al ingenio recurrente de hacernos oír de cualquier forma para no ser menos y que nuestros deportistas sepan que ahí estamos. Mientras no se subsane esto, al menos a mí no me parece mal -salvo que algunos recurran a letras no democráticas, o a palabras fuera de lugar-. El “chinta, chinta…”, al menos no tiene traducción, ni intencionalidad política.
Este tema vuelve a poner de manifiesto el miedo que los gobiernos democráticos de nuestro país tienen a enfrentarse a normativas protocolarias. Parece que poner remedio a determinadas deficiencias es que como abrir la caja de pandora y generar conflictos con los partidos o las comunidades. Se prefiere dejar las cosas como están, que si alguna vez se silba se aguanta el chaparrón, y si se canta bendito sea Dios. Lo mismo ocurre con la no aplicación de la normativa de la bandera, al mal uso del escudo,  la actualización de las precedencias,  la puesta del día de la ya insultante y desfasada normativa del derecho premial, o la limitación de la presencia de las Fuerzas Armadas en determinados actos solemnes civiles. Dejar correr es la frase habitual cuando se saca el tema a responsables en esta materia. Pues que corra, pero no enfrentarse a los problemas es sencillamente posponerlos, no resolverlos.
En el ámbito internacional, las federaciones deportivas no tienen definido el respeto -no ya para el público que es inviable, al menos en determinadas modalidades de gran seguimiento- sino para los deportistas a quienes sí se les podía exigir una actitud muy clara de consideración. Normalmente, ésta se produce, porque, salvo casos aislados, los deportistas sienten internamente la emoción de luchar por los colores de un país o de alcanzar la gloria en nombre del mismo. Sin embargo, en la entrevista que me hacían iban más allá y me preguntaban si escuchar el himno nacional los jugadores de fútbol agarrados por el hombro -como hicieron contra Italia- podría interpretarse como actitud de respeto. Seguramente habrá opiniones para todos los tipos, pero a mí personalmente me gusta esa actitud porque representa la unión de unos representantes deportivos bajo el símbolo de todos. Creo que eso sí es respeto, que potencia además la motivación, azuzada además por la intraducible letra que ponen los seguidores.
Obligar a que los jugadores lo escuchen firmes como soldados quizá pudiera ser opinión mayoritaria. Pero no es menos cierto, que el fútbol, como cualquier otro deporte, debe ser ante todo una fiesta que nos una, y ver a los jugadores entrelazados emociona y da sentido el himno. Pero es cuestión de opiniones. Lo que ya parece más fuera de lugar es que mientras se interprete algunos deportistas hagan sus últimos calentamientos o charlen con el de al lado o hagan gestos fuera de lugar.
El himno se interpreta para solemnizar actos oficiales que exigen una actitud de respeto, de silencio en el caso español, de consideración. Y también se utiliza para reafirmar la presencia de un colectivo que se identifica con su selección nacional, momentos en los que obviamente esa actitud silenciosa no tiene mucho sentido cuando quieres que tu himno se oiga y se note, como seguramente habrá ocurrido u ocurrirá cuando suene el del rival. Por ello, una buena letra tendría mucho sentido para estas ocasiones, aunque es cierto que es complejo encontrar un texto que no disguste a alguien. Así somos los españoles, ante los temores no toques las cosas. Y el himno de España sin letra, mientras las comunidades autónomas sin miedo alguno han fijado sus textos. Incoherencias de la vida.
Aprovechando este tema, hay que recordar que según el Real Decreto antes aludido, en su artículo 3, se habla de la versión breve del himno para “los actos deportivos o de cualquier otra naturaleza en los que haya una representación oficial de España”. La versión breve española está fijada en 27 segundos, tiempo muy insuficiente frente a la duración resumida de los himnos de otros países. Ello hace que sea difícil que en muchas competiciones internacionales, como está ocurriendo en el Europeo de fútbol, la duración del himno se prolongue al menos 45-50 segundos, para no quedar mermado en tiempo frente a los demás. Por ello, no estaría de más matizar en la normativa que en las competiciones nacionales donde se requiera la interpretación del símbolo sea la breve, y en las internacionales que se especifique que su duración vendrá determinada por las costumbres o las normativas señaladas por sus organizadores o por los máximos organismos rectores internacionales del Deporte, como el COI.