El “piercing” de la Dama burgalesa y el Protocolo

Falleras

Recepción a las falleras de la que se ausentó la dama. – Foto: Luis López Araico (DiariodeBurgos.es)

“La Corte Real de los Sampedros 2016 ha estado algo movida estos días por culpa de un intercambio de impresiones sobre la posibilidad de vestir el traje regional y llevar al mismo tiempo un ‘piercing’ de nariz. Y es que Sandra Iglesias, dama de honor de la Peña San Vicente de La Ventilla, no recibió la aprobación de Jennifer Zamorano, responsable de Protocolo en el Ayuntamiento de Burgos, y le pidió que se quitase el aro que llevaba. Esto desencadenó una discusión que terminó con la dama en Comisaria denunciando la actitud de Zamorano”. Así comienza la crónica de ayer de burgosconecta.es a propósito de esta polémica con ocasión de las fiestas de San Pedro y San Pablo en Burgos.

También el Diario de Burgos se hizo eco ayer de la cuestión y iniciaba su crónica digital de esta manera: “Sandra Iglesias, dama de La Ventilla, denuncia que la jefa de Protocolo la obligó a quitarse un “piercing” nasal. Relató los hechos en Comisaría y se negó a asistir a los actos del día 28 con las falleras, aunque posteriormente ha vuelto a la Corte. La corte de las fiestas locales ha estado un tanto revuelta en los últimos días, con enfados y reconciliaciones, idas y venidas de una de las damas. El desencadenante ha sido una discusión entre la representante de la peña San Vicente y Jennifer Zamorano, que le habría conminado a quitarse el piercing que habitualmente lleva en su nariz por considerarlo incompatible con el traje regional”.

La crónica del diario burgalés se ha llenado de comentarios a favor y en contra de la decisión tomada por la responsable de protocolo. La verdad que muchas (por no decir todas) las opiniones se basan más en la forma que en el fondo. Es cierto que si a bote pronto nos cuentan esta situación terminaríamos por decir rápidamente que a nadie se le puede privar de llevar un piercing. Pero creo que en un análisis más sosegado y responsable debería pensarse un poco más la cuestión.

El mundo evoluciona está claro. De lo contrario iríamos todos en taparrabos. Las modas también están ahí, y, especialmente, la libertad de decisión de vestir o llevar complementos, también. Pero esto es otra cosa. El mundo cambia, lógico, pero las tradiciones si no contradicen la convivencia, los derechos y la libertad, también están para respetarse, máximo en este caso al que nadie se le obliga a ser Dama. Tampoco es cuestión de ponerse radical y decir que si quiere llevar el piercing que no se presente a Dama. Ni lo uno ni lo otro. Personalmente no creo que llevar un piercing en la nariz (si habitualmente la persona lo porta) sea un desprecio a la tradición folclórica del caso que nos ocupa. Y también pienso que a la Dama nada le hubiese costado quitárselo por unos días o las horas del día necesarios. Es cuestión de voluntad y tratar de que por encima de todo la fiesta no se empañe porque los vecinos no tienen culpa alguna de estas consideraciones.

Foto falleras 2

La respuesta está en la norma o/y en la costumbre

En mi modesta opinión, y en el fondo me da igual que lleve piercing o no (aunque conviene resolverlo, porque estamos hablando de un pequeño complemento, pero mañana puede ser otra cosa más estrambótica), la cuestión pasa por hacerse una pregunta: ¿está reglamentado cómo deben vestirse y qué pueden o no deben llevar las damas de honor? Si la cuestión está legitimada en forma de norma o reglamento, y éste prohíbe el uso de complementos que no sean los propios del atuendo tradicional, nada hay que discutir: la responsable de protocolo tiene razón (otra cosa es la conveniencia o no de llevar el asunto a tales extremos que termine en denuncia en Comisaria, lo que nos lleva a pensar que hay algo más detrás de todo esto). Igualmente, si por costumbre (y ya se sabe que ésta cuando es inveterada se convierte en norma no escrita en el derecho protocolario, tal y como establece el Derecho Consuetudinario) la forma de vestir de la Dama está clara es como si estuviera regalmentado.

Protocolo y Derecho Consuetudinario

El Derecho Consuetudinario, también llamado usos o costumbres, es una fuente del Derecho. Son normas jurídicas que no están escritas pero se cumplen porque en el tiempo se han hecho costumbre cumplirlas; es decir, se ha hecho uso de esa costumbre que se desprende de hechos que se han producido repetidamente, en el tiempo, en un territorio concreto. Tiene fuerza y se recurre a él cuando no existe ley (o norma jurídica escrita) aplicable a un hecho. Según la Enciclopedia Jurídica, la norma consuetudinaria o costumbre es norma de conducta que, “observándose con conciencia de que obliga como norma jurídica, es tan obligatoria como la contenida en un texto legal. El origen de la norma consuetudinaria o costumbre jurídica se encuentra en los usos o prácticas sociales; cuando la comunidad considera que el incumplimiento de un uso hace peligrar el orden convivencial, se transforma el uso en norma consuetudinaria. Por esto se ha dicho que la costumbre jurídica es la norma creada e impuesta por el uso social. Para que la costumbre sea jurídica es preciso que sea un uso social continuado y uniforme, que sea racional y que sea observado con la convicción de que se trata de una norma obligatoria”.

En consecuencia y volviendo al caso burgalés, la responsable de protocolo actuó correctamente tanto si existe un reglamento escrito que prohíba el piercing, como si por costumbre inveterada la forma de vestir este traje regional se ajusta a unos determinados cánones de los que no se puede salir salvo las evoluciones precisas que se hagan por consenso social o mediante regulaciones específicas. Si de todo esto no hay nada, y lo desconozco, obviamente cada persona está en su derecho de llevar piercing o lo que considere oportuno. Pero pese a mi desconocimiento, por lo poco que he podido averiguar e investigar, creo que el piercing está fuera de lugar y que la responsable de protocolo hizo lo correcto.

Sensatez en la evolución de las costumbres

Insisto: creo que debe haber de fondo algo más, porque a buen seguro que todo esto podría haberse resuelto en conversaciones previas que evitaran llegar a la denuncia. Claro, que si hay más detrás… O si la Dama se enroca en su derecho… ¿Os imagináis que una fallera valenciana se negara a llevar los típicos moños en el peinado argumentando que le molestan por sus piercings de oreja? No dura tres segundos de fallera.

Falleras valencianas

Alicia Moreno y Sofía Soler , falleras mayor y menor 2016 de Valencia.

Un poco de sensatez, por favor, y que los partidos políticos no conviertan este “protocolo de costumbres y usos” en oportunidad de confrontar o desprestigiar a sus rivales. La costumbre, bien que pueda pesar a posiciones rupturistas es un patrimonio que no debe usurparse al pueblo, aunque no es menos cierto que también hay que saber evolucionarlas con criterio. Habrá cosas que sí y otras que no, pero para eso se necesita dialogo y pacto social al respecto. Habría tanto que escribir al respecto, que mejor para más adelante. Que nada estropee o desluzca las bonitas fiestas burgalesas.