La Ikurriña en Pamplona y la precedencia de la bandera local

Imagen de las banderas el día del chupinazo de San Fermín. Las banderas de izquierda a derecha según se mira: Europa, Navarra, España, País Vasco y Pamplona.

Se ha hablado mucho esta semana de la decisión del nuevo alcalde de Pamplona, Joseba Asirón (EH Bildu), de colocar la bandera del País Vasco en el balcón municipal desde el que cada 6 de julio se lanza el popular chupinazo que abre los internacionales “sanfermines”. La primera autoridad local de la capital de Navarra ha argumentado que lo hizo en deferencia a la invitación a tres parlamentarias vascas. Es evidente que el trasfondo de la cuestión no es una cuestión de protocolo, sino política, en la que como es habitual no voy a entrar.

El Alcalde había anunciado días antes que “de una manera u otra” la ikurriña estaría presente, aunque eso sí “respetando la legalidad vigente”. Añadía la siempre sospechosa frase “me guste o no”. Efectivamente ha cumplido con la legalidad vigente, lo que hace inviable el recurso anunciado por la Delegación del Gobierno navarro.

Laley foral 24/2003, de 4 de abril, de símbolos de Navarra, probablemente la que más en detalles concretos entra sobre el uso y disposición de su vexilo frente al resto de normativas de otras comunidades, deja abierta claramente la posibilidad de que en los edificios públicos locales puedan incorporarse extraordinariamente otras enseñas. En su artículo 8 se dice textualmente:

  1. Todas las entidades que componen la Administración Local de Navarra están obligadas a exhibir la bandera de Navarra en el exterior de sus sedes y edificios destinados a los servicios públicos de su competencia y están también obligadas a colocar la bandera de Navarra en el interior de los despachos oficiales de sus autoridades y en el Salón de Plenos Corporativos, de forma permanente en el interior y, al menos, entre las 8 y las 20 horas de cada día, en el exterior.
    La bandera de Navarra ondeará a media asta o con crespón negro sobre su escudo, sólo cuando haya sido decretada la jornada de luto oficial por el Presidente del Gobierno de Navarra, y por el plazo que esta orden determine.
  1. Ordinariamente, únicamente ondearán con la oficial de cada entidad local y en los edificios municipales, con exclusión de cualquier otra, la bandera oficial de Navarra, la de España en los términos establecidos en la Ley 39/1981, de 28 de octubre, y la de Europa cuando así se establezca formalmente.
  2. Extraordinariamente, podrá acompañar a las otras citadas banderas, pero nunca colocarse en solitario, la representativa de otros Países, Comunidades Autónomas o entidades locales, cuando éste sea un acto de cortesía con autoridades de dicho País, Comunidad o entidad local invitadas oficialmente por la autoridad competente del territorio anfitrión y durante el periodo de su visita oficial, o en celebraciones ocasionales de hermanamiento entre entidades locales y por el tiempo de dicha celebración.

Ese punto 3, atendiendo a las explicaciones ofrecidas por el Alcalde, posibilita legalmente la decisión adoptada. La Voz de Galicia recoge en sus páginas lo siguiente: “El nuevo equipo de gobierno del consistorio, encabezado por el alcalde de Pamplona, Joseba Asirón, de EH Bildu, ha explicado que la ikurriña puede ondear legalmente porque es una deferencia hacia las tres parlamentarias vascas que han sido invitadas a presenciar el chupinazo desde el consistorio”. Muchos seguramente se preguntarán si se hubiera actuado igual con la bandera francesa si los invitados fueran galos o la Extremadura si estuviera presente en el balcón un consejero de esta comunidad. Seguramente todos estemos pensando lo mismo. Por eso digo que la cuestión es pura política.

Incorrecta ordenación

De acuerdo a la costumbre aceptada (aunque no hay normativa al respecto, y debería haberla), las banderas autonómicas toman precedencia sobre las locales, por lo que la disposición de la Ikurriña es correcta y no se incumple ley alguna. Siguiendo esa misma costumbre no reglada, la bandera de Europa debería ir la última y no la cuarta como se dispuso, relegando al último lugar a la verde bandera de Pamplona.

Lo malo de esta situación no es si está o no la bandera vasca, sino que el Alcalde en su afán por incluir aquella, se olvida de la que probablemente es la más significativa en ese día para los vecinos de su ciudad: la de Pamplona (no hay que olvidar que son sus fiestas, no las navarras o vascas o españolas. Relegada a la última posición, el Alcalde hace una auténtica exhibición de una clara falta de sensibilidad por los símbolos de su municipio, que es lo primero que debería preocuparle. El mismo énfasis que puso en cuidar la Ikurriña debería haberlo aplicado en la pamplonica.

A falta de regulación en España sobre la disposición de las banderas autonómicas fuera de su propio ámbito territorial (hemos hablado de costumbre aceptada, pero que debería revisarse), si de mi dependiera habría dispuesto en los tres mástiles centrales las enseñas de España (en el centro, como obliga la Ley de la Bandera de España), a su derecha la de Navarra (Ley Foral) y a su izquierda la de Pamplona (la lógica o el tan apelado sentido común). Y luego por “deferencia” la vasca (cuarta) y la quinta y última la europea si así lo desean (no es obligatorio, porque la Ley Foral habla de disponer la de la UE “cuando así se establezca formalmente”, cuestión que por cierto no sabemos muy bien qué significa en la práctica esa expresión). Por cierto, alguna vez el gobierno de España podría dar indicaciones por escrito sobre el uso y disposición de la bandera comunitaria.

Normativizar la bandera local

Particularmente pienso cada día con más fuerza que en los balcones municipales la bandera local nunca debiera retrasarse más del tercer puesto (tras la nacional y la autonómica), y cuando sea necesario por cortesía disponer otras enseñas añadirlas a continuación o habilitar otros mástiles en lugar diferenciado. Me lleva a defender esta opción la reivindicación de la autonomía local, y no estaría de más que en los reglamentos de protocolo de cada ayuntamiento así se regulase para evitar conflictos de interpretación.

Denunciar

Me llama mucho la atención que el Gobierno de España no haya tardado ni minutos en presentar el recurso en el juzgado de guardia por este tema, y, sin embargo, no se denuncie a sí mismo o lo haga con otras entidades oficiales y privadas cuando las banderas oficiales se colocan de forma contraria a la normativa vigente. Quienes estamos en protocolo todos los días tenemos ejemplos sobrados de la irregularidad permanente en el uso de las banderas oficiales reguladas por Ley. Y la norma está para cumplirla. De lo contrario que la supriman. Es cierto que si se denunciaran todos los casos de incumplimientos colapsaríamos definitivamente los juzgados.