La precedencia del rey honorífico

 Soraya Sáenz de Santamaría, vicepresidenta del Gobierno, ministra de la Presidencia y Portavoz del Gobierno y Ana Pastor, ministra de Fomento, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de hoy.
El Consejo de Ministros en su sesión de hoy, 13 de junio, ha aprobado la modificación del  Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes, así como el orden de precedebncias establecido el Real Decreto 2099/83. En virtud a ello don Juan Carlos tendrá a partir del día 19 de junio el tratamiento con carácter honorífico de rey y honores similares a los de la Princesa de Asturias. Similar será para la Reina consorte. Igualmente establece que en el orden de las precedencias del Estado irán el ex jefe del Estado y su esposa inmediatamente después a los “descendientes del Rey Felipe VI”, según se afirma en la nota hecha pública por el Gobierno.
La referencia del Consejo dice textualmente lo siguiente:

Presidencia del Gobierno

DON JUAN CARLOS Y DOÑA SOFÍA TENDRÁN VITALICIAMENTE LOS TÍTULOS DE REY Y DE REINA CON CARÁCTER HONORÍFICO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el actualmente vigente desde 1987 sobre Régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los regentes, con el fin de otorgar un tratamiento singular al Rey que, voluntariamente, pone fin a su reinado y a la Reina Consorte.
A tal efecto, en el Real Decreto del 6 de noviembre de 1987 sobre Régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los regentes se añade una disposición transitoria cuarta que dice:
“Disposición transitoria cuarta
Don Juan Carlos de Borbón, padre del Rey Don Felipe VI, continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Rey, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para el Heredero de la Corona, Príncipe o Princesa de Asturias, en el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares.
Doña Sofía de Grecia, madre del Rey Don Felipe VI, continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Reina, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para la Princesa o el Príncipe de Asturias consortes en dicho Real Decreto.
El orden de precedencia de los Reyes Don Juan Carlos y Doña Sofía en el Ordenamiento General de Precedencias del Estado, aprobado por el Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, será el inmediatamente posterior a los descendientes del Rey Don Felipe VI”.
Antecedentes
La normativa actualmente en vigor ya otorgaba, en algunos aspectos, el adecuado tratamiento a SS.MM. los Reyes Don Juan Carlos I de Borbón y Doña Sofía de Grecia tras la abdicación, en cuanto que permanecen como miembros de la Familias Real. Sin embargo, existen otras cuestiones que es precios regular para determinar el estatuto de los Reyes tras la abdicación, que hoy en día se tratan en distintas normas.
El Real Decreto del 6 de noviembre de 1987 ya previó, en su disposición transitoria tercera, el tratamiento y títulos correspondientes a Don Juan de Borbón y Battenberg y de su consorte tras la renuncia a sus derechos dinástico por parte del primero.
Gratitud por décadas de servicio a España y a los españoles
El Real Decreto hoy aprobado, que entrará en vigor en el momento en que lo haga la Ley Orgánica por la que se hace efectiva la abdicación de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos I de Borbón, considera que el otorgamiento de un tratamiento singular al Rey que, voluntariamente, pone fin a su reinado y a la Reina Consorte, además de continuar la senda de precedentes históricos y de la costumbre en otras monarquías, no es sino la forma de plasmar la gratitud por décadas de servicio a España y a los españoles.
Los reyes honorificos a los puestos 5 y 6
En virtud a este  acuerdo el Real Decreto 2099/83 sobre precedencias en el estado español queda virtualmente modificado al introducir la figura de los reyes honoríficos tras los descendientes del Rey Felipe VI. Una vez más, se ha decidido con excesiva celeridad y sin matizar cuestiones relativamente importantes. Al referirse a “descendientes” hemos de entender que el rey don Juan Carlos y la reina doña Sofía, ambos con tratamiento vitalicio de majestades y honores de príncipes de Asturias (titular y consorte), se ubicarán tras la princesa de Asturias, doña Leonor, y su hermana la infanta doña Sofía. Algunos medios de comunicación ya han interpretado que será tras la Princesa, pero el texto aprobado no deja duda: ha de ser tras los descendientes y al decirlo en plural es evidente que se refiere a las dos hijas de los nuevos monarcas. Si en un futuro don Felipe tuviera nietos éstos pasarían por delante de los reyes honoríficos. Un galimatías.
El cambio y la posición dada parece lógica en estos momentos y más con los argumentos políticos empleados por el gobierno que concede este tratamiento como una gratitud por décadas de servicio a España. Nada que discutir a esa voluntad. Lo que uno se pregunta es por qué de una vez no se acomete globalmente en serio la tan necesaria actualización de la norma de precedencias del Estado. Se van poniendo parches y parches y llegará un momento en que será difícil su aplicación. Se ha perdido, por otra parte, la oportunidad de cambiar cosas hoy ya absurdas e introducir otras necesarias, como el obligado ascenso del Presidente del Gobierno, incluso sobre la figura de la Heredera (opoinión personal), tema éste del que nos ocuparemos en otro momento.
El Presidente del Gobierno en el puesto 12
¿En un estado democrático y plural es tolerable que antes de los presidentes de los poderes centrales del Estado vayan nada menos que 11 miembros de la Familia Real y de la Familia del Rey? Antes que el Presidente del Gobierno irán, además de los reyes titulares, la Princesa de Asturias y la infanta doña Sofía y los reyes honoríficos don Juan Carlos y doña Sofía (Familia Real), y las infantas doña Elena, doña Cristina, doña Pilar y doña Margarita y el infante (de gracia) don Carlos (Duque de Calabria), estos últimos Familia del Rey (no citamos a otros que por asimilación también irían por delante). ¿No es demasiado? En un estado democrático la Casa Real y sus miembros no pueden ocupar los 11 primeros puestos.
Si el Real Decreto no habla de honores personales sino de representación institucional. ¿tiene sentido que los máximos representantes del Estado, fruto de las elecciones generales (presidentes del Gobierno, Congreso, Senado, Tribunal Constitucional y Consejo General del Poder Judicial) vayan después de 11 personas, por muy ilustres que sean? Por lo menos, aprovechando el cambio, debería haberse dejado fuera de esta precedencia oficial a los infantes que no son miembros de la Familia Real (todos salvo las hijas de los reyes don Felipe y doña Letizia). Hubiera sido suficiente con señalar que couparán un lugar especial, relevante, pero fuera de la ordenación de las autoridades). Dejo las preguntas para que cada uno responda según su interpretación o criterio.
La situación no es nueva, pues ya antes tenían esa posición los representantes de las instituciones, pero hubiera constituido una buena oportunidad llevar a la práctica la política de hecho: dejar con precedencia reservada solo a los miembros de la Familia Real (reyes, Princesa de Asturias, infanta doña Sofñía y reyes honorificos) y sacar de las precedencias del Estado al resto de la Familia del Rey indicando que ocuparán a un lugar especial, pero fuera de la ordenación de autoridades. Alguien que ni tan siquiera es Familia Real no puede ir por delante de los presidentes de las instituciones centrales del Estado. Oportunidad perdida para ir poniendo orden a este desaguisado que ahora se have más visible todavía. Y por supuesto, qué  vamos a decir sobre el follón que hay hacia abajo y la necesidad urgente de incluir otras autoridades ahora ignoradas en este Real Decreto.
Tema para analizar con más tiempo y mejor perspectiva. La actualidad manda ahora en otras cuestiones.