La bandera vaticana en la “parroquia” de mi barrio

Haciendo caminata dominical por mi barrio madrileño me encontré con el templo parroquial  y el detalle no me pasó desapercibido, entre otras cosas, porque no es muy habitual que sobre la fachada de estos edificios se coloquen banderas (ni tampoco parece que tenga mucho sentido). Me acerqué y observé, como se aprecia en la imagen, que era la eran las enseñas vaticana y española. Sentí curiosidad por la disposición de las mismas, al estar la extranjera por delante de la española. Ya se sabe, que siendo dos mástiles, el que está a la derecha entre ellos tiene la preeminencia. He confesar que dudé unos instantes, pero pronto refuté mi primera impresión: están colocadas al revés.
La curiosidad por la circunstancia me llevó a buscar a través de internet posibles situaciones similares y encontré un buen número de ejemplos de mala colocación o dudosa utilización, como el caso del obispado de Ávila que el pasado 14 de marzo, dispuso la bandera  amarilla y blanca en lo alto de la Catedral en honor del Papa Francisco I, con motivo de la Misa de Acción de Gracias por el nuevo Pontífice, Francisco I, que celebró el Obispo, Jesús García Murillo, según publica en su blog la diócesis de Ávila (http://diocesisdeavila.blogspot.com.es/2013_03_01_archive.html). La imagen que reproduce es la siguiente:
 
En el caso de Ávila solo podemos decir algo que para los entendidos es de perogrullo: si se pone para homenajear al Papa, la bandera no es precisamente la adecuada, ya que la misma no es de Su Santidad Francisco I, sino el símbolo del Estado Ciudad del Vaticano.
Pero vayamos a mi parroquia. De ser deseo del párroco colocar ambas banderas (legalmente nada se lo impide), lo correcto hubiera sido disponerlas al revés, pues un templo eclesial no es propiedad del Estado Vaticano, ni se encuentra en terreno vaticano, ni es embajada vaticana. Y de utilizarse la enseña española en nuestro país la Ley de la Bandera sí obliga a que ocupe el lugar de máximo honor. Otra cosa sería que el párroco decidiera colocar la vaticana solamente, cuestión en la que no entraríamos, aunque obviamente podría inducirse a la equivocación de pensar que estamos ante un  un bien vaticano, cuando no lo es. Los lugares de culto españoles no son propiedad del Estado Vaticano, sino de la entidad que acredita su propiedad y por lo publicado en los medios de comunicación el registro acredita que el Arzobispado es su titular. Y ésta no es una institución que dependa administrativamente del Estado Vaticano, ni forme parte de su estructura institucional. La sede del arzobispo de la diócesis es totalmente independiente al respecto, tal y como reconoció recientemente en El País,  José Manuel Vidal, experto en temas religiosos y director de religiondigital.com (http://politica.elpais.com/politica/2013/05/05/actualidad/1367768798_397124.html, 6 de mayoi de 2013). osa bien distinta es que se puedan seguir instrucciones, indicaciones o similares llegadas de Roma, o que se pueda informar cada cierto tiempo a los responsables económicos del estado Vaticano del patrimonio de la Iglesia en cada país.
Por otra parte, tampoco consideramos correcta la ubicación que el Arzobispo de Valencia ha decidido para la bandera vaticana en la fachada de su sede apostólica, que puede apreciarse en esta imagen (fuente: http://www.jdiezarnal.com/valenciapalacioarzobispal.html):
 
Con independencia de que personalmente no colocaría bandera alguna, pero si se hace, ha de ser de acuerdo al principio internacional más reconocido (el que se aplica en las relaciones entre estados en todo el mundo) que da precedencia a una enseña estatal frente a una regional o local. En este caso, la bandera del Estado Vaticano debería ir antes que la de la Comunidad Valenciana, por mucho que exista una normativa en la Comunidad que establezca que su bandera ocupará el lugar inmediato siguiente a la española. Ya en alguna ocasión nos hemos referido a la incoherencia de las normativas autonómicas que dan precedencia a su bandera frente a las extranjeras, algo que contraviene la costumbre internacional y la declaración universal de Naciones Unidas sobre la igualdad jurídica de los estados. De ponerse las tres enseñas que vemos en la imagen, la valenciana debería ser la última. Tampoco entenderíamos que en la sede del arzobispado ondeara la del Estado Vaticano sola, pues ello trasladaría que es territorio de dicho estado y no es así. Y no queremos entrar en la polémica abierta recientemente sobre el registro que la Iglesia española ha hecho desde 2003 que inscribió como suyos en el Registro Oficial de la propiedad (para sorpresa y disgusto de un buen puñado de fieles y municipios) nada menos que 4.500 templos y propiedades.
En fin, que no debe equivocarse la bandera vaticana con la bandera de la Iglesia católica que carece oficialmente de ella. Utilizar la blanca y amarilla para situaciones como las comentadas origina confusión y traslada una idea de la organización de la Iglesia que no se corresponde con la realidad. Una cosa es la Ciudad del Vaticano y su estructura de Estado y otra bien distinta es la organización de la Iglesia Católica que tras la figura del Papa parte de la diócesis y de su titular, ya sea arzobispo u obispo, máxima autoridad católica en su territorio. Pero jurídicamente la diócesis no es una autonomía del Vaticano, ni una embajada, ni tan siquiera su propiedad.
Bueno, esto me ocurre por pasear un domingo.