El protocolo de la tribuna de la Puerta del Sol el 2 de mayo

Medallas
El pasado viernes 2 de mayo, se celebró el Día de la Comunidad de Madrid, fecha en la que se recuerda el levantamiento del pueblo madrileño en 1808 contra las tropas francesas que ocupaban la capital, y que marcó el inicio de la guerra de la Independencia española. Con ocasión de este día institucional, festivo en toda la Comunidad, se celebraron varios eventos ya tradicionales, como la colocación de unaofrenda floral en honor a los denominados héroes del 2 de mayo de 1808[1] –que Goya inmortalizaría en su conocido lienzo de los fusilamientos del 3 de mayo lo los fusilamientos en la montaña del Príncipe Pío[2]– en el Cementerio de La Florida[3], una parada militar en la Puerta del Sol con la colocación de una nueva ofrenda floral a los ciudadanos que participaron en la batalla contra los franceses y la entrega de las Medallas de la Comunidad, en la Casa de Correos, sede de la presidencia del Gobierno Regional.
Podrían comentarse muchos aspectos relevantes desde el punto de vista protocolario de todas estas ceremonias, pero vamos a detenernos en uno que nos ha llamado singularmente la atención. Se trata del protocolo seguido para la tribuna del desfile militar frente en la Puerta del Sol y que puede apreciarse en esta imagen:
Tribuna bueba

Parada Militar ante la sede de la Comunidad de Madrid en la Puerta del Sol.

Se aprecia claramente el protocolo de asignación de puestos, nada improvisado como puede deducirse de las etiquetas colocadas sobre la roja moqueta. Dejando al margen a los dos representantes militares que cierran la disposición, observamos que la tribuna está presidida, como corresponde, por el Presidente de la Comunidad. En el puesto 2 (a su derecha), el Ministro de Justicia (suponemos que presente no por la relación que el acto pueda tener con su Ministerio de Justicia, sino en su condición de ex presidente de la Comunidad y ex Alcalde de Madrid, aunque deba de mantenerse a efectos de protocolo el rango superior); y en el puesto 3 (a la izquierda de quien preside), el Presidente de la Asamblea de Madrid (parlamento regional). Hasta ahí todo correcto.
La duda llega ahora. En el puesto 4 (derecha del Ministro) se situó la Alcaldesa de Madrid y en el 5 (izquierda del Presidente de la Asamblea) la Delegada del Gobierno en la Comunidad. No he visto comentarios en las redes sociales, tan propicias a destacar estos “supuestos fallos”. Pero a mí me parece realmente importante la cuestión, porque va más allá de la mera aplicación de la norma.
La normativa vigente
Evidentemente, al tratarse de un acto promovido por la Comunidad de Madrid, es de aplicación el artículo 12 del Real Decreto 2099/83 por el que se establece el orden de precedencias en el Estado (el artículo 10 que tanto confunde a muchos, nunca es aplicable a actos promovidos por la Comunidad de Madrid ni por su ayuntamiento). Dicho artículo establece para la citadas autoridades el siguiente ordenamiento:
–       Presidente de la Comunidad.
–       Ministro de Justicia.
–       Presidente de la Asamblea de Madrid.
–       Delegada del Gobierno en la Comunidad.
–       Alcaldesa de Madrid.
Siendo esto así, y teniendo en cuenta que las cuatro autoridades tienen prestigiosos responsables de protocolo que saben bastante de esto, ¿cómo es posible que finalmente no se haya aplicado la normativa de precedencias? Desconocemos a ciencia cierta si hubo alguna tirantez o no al respecto –hasta donde hemos podido recabar no-, pero tan escrupulosa comop es la Delegada del Gobierno con su puesto nos ha llamado la atención que pose tan feliz en un quinto lugar, desplazada por la Alcaldesa, de menor rango.
Resulta evidente y no puede esgrimirse otra argumentación legal que lo justificara, ni tampoco relativo al tipo de evento, pues al ser Día de la Comunidad es igual de relevante para el Ayuntamiento como para la Delegación, que la ordenación no se ajusta a derecho. Sin embargo, personalmente me ha parecido un acierto y felicito a sus promotores, aunque hay que insistir que obviamente se ha vulnerado el orden establecido por norma (cuestionable la posible vulneración como tal pues para este tipo de actos la propia normativa deja cierta libertad para asignar precedencias por parte del anfitrión, aunque no matice el alcance de ello). Y pensamos que el cambio ha sido para bien.
Comparto la decisión porque creo que es necesario que el Real Decreto 2099/83 contemplara de alguna forma que cuando a un acto oficial celebrado en una Comunidad asista una alta representación del Gobierno (presidente o ministro; habría casos justificados incluso con la presencia de secretarios de Estado), el delegado del Gobierno debería retrasar puestos a favor de otras autoridades locales, especialmente del alcalde del municipio. Esta teoría la hemos defendido siempre y por ello nos ha alegrado esta situación.
Pienso, además, que la imagen que proyecta toma más fuerza y equilibrio de esta manera, pues al contrario se nos hubiera quedado una tribuna en dos partes: lado derecho, la representación del gobierno central; lado izquierdo, la representación madrileña. Sin embargo, con la disposición ejecutada la armonía es ideal. Pienso que esta “transgresión” de la norma no es grave (solo quien realmente entienda de protocolo puede darse cuenta de que la Alcaldesa está por delante de la Delegada, pues ambas están a la misma distancia de quien preside). Pero, insistimos, no todos los delegados del Gobierno aceptarían una solución así, pues por lógica que pudiera parecer la situación, siempre apelarían a su mayor rango frente al alcalde. Abogamos claramente que en una posible revisión de la normativa se contemplara la pérdida al menos de un puesto por el delegado cuando hay presencia de miembros del Gobierno de la Nación.
Puesto para el jefe de la Oposición regional
Pero a propósito del evento, también consideramos otra cuestión sobre el protocolo de esta tribuna. Pensamos que con un único representante de las Fuerzas Armadas hubiera sido suficiente (al que le corresponda en función del Real Decreto913/2002, de 6 de septiembre sobre representación institucional de las FuerzasArmadas, que para Madrid es el General Jefe del Mando Aéreo General, que puede “delegar en otras autoridades militares, le estén o no directamente subordinadas y pertenezcan o no a su mismo Ejército” –art. 4.2). En cambio, echamos en falta a alguien en un acto tan institucional como este. Guste o no parece conveniente que el Jefe de la Oposición de la Comunidad –aunque no exista oficialmente ese título, evidentemente hay que interpretar que a nivel regional debe de hacerse lo mismo que a nivel nacional, considerando como tal al diputado jefe del grupo mayoritario de la oposición en la Asamblea Legislativa-, en este caso el jefe de filas del PSOE madrileño. Propondríamos colocarlo en la tribuna a la derecha de la Alcaldesa de Madrid, para cerrar la misma con el máximo representante institucional militar.
De esta forma, en los objetivos que tienen la celebración de actos tan institucionales conmemorativos de una Día que es de todos los madrileños, hubiera proyectado en su presidencia exterior en la Puerta del Sol, la imagen conjunta de los primeros representantes de todas las instituciones implicadas (nacional, regional y local) y al mismo tiempo las voluntades ideológicas de los madrileños (las de quienes gobiernan y partidos que representan, ocupando el puesto institucional que se les reserva legalmente, y la de quienes aglutinan al resto de los partidos que no gobiernan y que también representan a gran parte de los ciudadanos).
Es necesario que el papel protocolario del jefe de la Oposición en el ámbito autonómico se regule igualmente en el Real Decreto 2099/83, y más allá de intereses partidistas, se incorpore en la ordenación y en puesto relevante entre las autoridades autonómicas, lo mismo que el jefe de la Oposición nacional tiene su lugar. Siguiendo el criterio establecido para el ámbito nacional, entendemos que el jefe de la Oposición autonómica debería situarse tras los consejeros y antes que los miembros de las mesas de las asambleas autonómicas. Y en determinados casos como el que nos ocupa un puesto especial en la presidencia que es el que hemos propuesto. Con ello todos ganan, y en especial la imagen institucional y política tan necesitada de gestos de concordia de este tipo.
Ofrenda floral en el Cementerio de La Florida.

Ofrenda floral en el Cementerio de La Florida.

Cuadro de Goya: "El 3 de mayo de 1808 en Madrid: los fusilamientos en la montaña del Príncipe Pío.

Cuadro de Goya: “El 3 de mayo de 1808 en Madrid: los fusilamientos en la montaña del Príncipe Pío.


[1] El pintor conmemorará los hechos acaecidos en la reyerta del dos de mayo en La carga de los mamelucos, donde un grupo de milicianos franceses a caballo pelean contra el pueblo sublevado en la Puerta del Sol, escenario de varias horas de fiero combate. Muchos de los rebeldes fueron sofocados, arrestados y fusilados en las localidades cercanas a Madrid durante los días siguientes, hecho que representa El tres de mayo de 1808.
[2] El Museo del Prado nombra al lienzo, en su sitio web, como El 3 de mayo de 1808 en Madrid: los fusilamientos en la montaña del Príncipe Pío
[3] En este cementerio se encuentran enterrados, en una fosa común, los cuarenta y tres patriotas madrileños que, tras participar en el Levantamiento del 2 de mayo de 1808, fueron fusilados en la madrugada del día 3 a los pies de la montaña del Príncipe Pío por los soldados del general francés Joaquín Murat.