Reglamentos municipales de protocolo, ¿papel mojado?

El Reglamento de Protocolo y Ceremonial y Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Huesca está dando mucho juego periodístico y bastante quebraderos de cabeza a los protocolarios y políticos. Si ya hubo polémica en su tramitación y aprobación, otra se viene a sumar ahora: ¿debe sancionarse a los políticos-concejales que lo incumplan? Si fuéramos a más, ¿debería sancionarse a quien incumple las normas de protocolo a nivel nacional? Es decir, ¿si alguien coloca mal la bandera española debe sancionarse? ¿Cómo? ¿Debe multarse a un jefe de protocolo que pone a un teniente de Alcalde por delante de un consejero autonómico en un acto que organiza la Diputación? ¿Debe sancionarse a Rajoy cuando en el Congreso de los Diputados se coloca por delante del Presidente de la Cámara Baja? Debería hacerse una reflexión en profundidad acerca de los posibles regímenes sancionadores cuando se incumplen las normas de protocolo que tienen rango de ley o de Real Decreto, Decreto o Reglamento. Si las normas se aprueban es de suponer que es para cumplirlas, luego su incumplimiento debería conllevar una sanción o multa. De lo contrario, la norma se queda en mero texto orientativo. ¿Era esa la intención a la hora de aprobarlo? Pues si era así, más que hablar de un Reglamento debería referirse a un manual. Continúe Leyendo…