Protocolo y Ceremonial e independencia de los Poderes del Estado

Reflexiones y pinceladas acerca del Protocolo y Ceremonial en los actos de bienvenida por el rey Felipe VI y visita al Congreso de los Diputados con ocasión de la Visita de Estado a España del Presidente de la República Argentina. Cuando el protocolo no respeta la independencia de los Poderes.

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Tribuna de honor dispuesta para la parada militar tras rendirse los honores de Protocolo al Presidente de Argentina. A la derecha de la misma la comitiva oficial que acompaña al mandatario extranjero. A la izquierda, las representación oficial de las primeras autoridades españolas,donde se observa que no estápresente el Presidente del Gobierno de España, y sí los presidentes del Congreso y del Senado.

El rey Felipe VI de España, con ocasión de la Visita de Estado a España del Presidente de la República Argentina, introdujo en el protocolo el cambio de escenario para la ceremonia oficial de bienvenida. El Palacio de El Pardo ha sido sustituido por la acertada alternativa del Palacio Real o Palacio de Oriente, sede de la Jefatura del Estado. Una visita en la que, en lenguaje sencillo y coloquial, pareciera que también el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, hubiera querido aportar también su dosis de innovación, al asumir la precedencia de forma absurda en el acto de recibimiento al mandatario argentino en el Congreso de los Diputados. Una cuestión que resulta grave porque supone escenificar un claro dominio del Poder Ejecutivo frente al Legislativo en un acto específico del Congreso de los Diputados.

Hagamos algunas reflexiones sobre estos dos primeros eventos de una Visita que contempla numerosos actos a lo largo de los dos días de duración, entre ellos la cena de Gala de esta noche en Palacio Real, la visita a la Feria Internacional de Arte Moderno (ARCO) en la que Srgentina es en esta edición país invitado de honor, encuentro entre empresarios y Recepción ofrecida por el jefe de Estado extranjero en El Pardo. Continúe Leyendo…

De la indignidad de “la” Infanta al Rey “refrendado”

Foto Rey

La semana que culmina nos ha dejado dos hechos que obviamente no han pasado desapercibidos para los ciudadanos. Por una parte, la revocación del título de Duquesa de Palma de Mallorca por parte del Rey a su hermana la infanta Cristina de Borbón, y, por otra, la toma de posesión de los alcaldes en los 8.115 ayuntamientos que hay en España, en los que trabajarán sus 68.230 concejales que elegimos hace apenas 15 días. Por ello, vamos a referirnos en dos artículos a ambas cuestiones, buscando como siempre el lado protocolario.

El diario El País, en su edición de hoy, asegura sobre la Familia Real: “La decisión adoptada por el Rey de revocar el título de duquesa de Palma a Cristina de Borbón y la reacción de esta asegurando que ya había renunciado antes de que se promulgara el real decreto pone de relieve el abismo que se ha abierto entre los dos hermanos como consecuencia de la imputación de la Infanta en el Caso Nóos. El movimiento realizado por Felipe VI sitúa de nuevo el foco en el paso siguiente: la renuncia de Cristina a sus derechos dinásticos, una decisión que solo depende de ella y que la desvincularía de la Casa del Rey”.

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Los “graves errores” protocolarios en el desfile de la Fiesta Nacional

Presidencia de los Príncipes de Asturias en el desfile militar. Foto: Kote Alvarado (Efe). Fuente: http://politica.elpais.com/politica/2013/10/12/album/1381575549_772213.html#1381575549_772213_1381575893
Se ha venido hablando mucho en esta semana que la ausencia del Rey en el desfile de ls Fiesta Nacional de hoy 12 de octubre en Madrid, conllevaba la modificación de diferentes cuestiones de Protocolo. Una de ellas, la relacionada con los honores. Es decir, que en vez de sonar la versión íntegra del humno nacional (52 segundos), que se reserva entre otros, al Rey, se interpretaría la versión corta que corresponde al Príncipe (27 segundos). Y lo mismo para lo establecido en las salvas de honor. Todo ello legislado a través del Reglamento de Honores Militares.
Si consideramos, como es evidente, la parada militar y desfile un acto de carácter general -según la definición que da el real Decreto 2099/1983-, y aquella es presidida por el Príncipe de Asturias, en representación del Jefe del Estado, de acuerdo a la normativa vigente el himno que se interpretó a la llegada del Heredero, antes de pasar revista a la compañía de honores, debería haber sido la versión completa y no la reducida. El Príncipe está representando oficialmente al Rey, y como dice la normativa, ha de dársele los honores que corresponden al Monarca (como se sabe sólo dos autoridades en España pueden hacerse representar y recibir su representante los honores que corresponden al representado). No se hizo, lo que claramente es en mi opinión un “grave error”, pues en consecuencia el Príncipe presidió, pero no en nombre del Jefe del Estado. La simbología se hace para algo, y en este caso por primera vez en la historia de la democracia se ha celebrado la Fiesta Nacional sin presencia formal o representada del Jefe del Estado.
Aunque el comunicado oficial de La Zarzuela habla de la presidencia de Príncipe y evita en cualquier momento la expresión de “representar” al Rey, la realidad es manifiesta: los actos institucionales del día de la Fiesta Nacional han sido presididos siempre por el Jefe del Estado. Si en esta ocasión no ha sido posible por la convalecencia del Rey, quien lo ha hecho en su nombre adquiere plenamente la conidición de persona o autoridad que lo representa, se diga expresamente o no. Por lo tanto en mi modesta opinión, estamos ante una inadecuada decisión de lo que supone interpretar la función de presidir y representar. Fue un desacierto total no dar honores de Rey a la persona que lo estaba sustituyendo, nada menos que quien está llamado a ser su sucesor.  ¿Tan duro es reconcerle ese papel de asumir por instantes el más alto papel institucional?
Otro error en mi opinión, quizá éste más discutible para quienes defiendan opciones más extremas de centralismo, es no dar una consideración protocolaria mayor a los presidentes autonómicos. Veo correcto que en la tribunal central de honor estén además del Príncipe, los representantes de los poderes del Estado, pero francamente no entiendo por qué no se sitúan también los presidentes autonómicos. De esta manera se hubiera conseguido “escenificar” una fiesta nacional que se extiende a toda España, que transmite mensaje de unión, en vez de confrontación. Verlos a todos juntos, con un tratamiento similar hubiera conseguido una proyección de unidad territorial mayor. Relegarlo a un mero saludo protocolario de los diez presidentes que asistieron, para luego pasar a una segunda tribuna es una torpeza, insisto, en mi opinión.
Resulta lamentable la ausencia de los otros siete presidentes autonómicos (motivos tendrán, políticos o de agenda), pero más lamentable es que a los que asisten se les relegue a una secundaria tribuna con el resto de autoridades, en un segundo plano llamativo (por cierto, erróneamente colocados de acuerdo a la normativa vigente)  En el Día de la Fiesta Nacional para mí tiene más sentido ver en la tribunal a los presidentes de los poderes del estado y a los autonómicos, y no tiene mayor relevancia situar a los ministros del Gobierno, ya representados por su Presidente.
  Fuente: http://politica.elpais.com/politica/2013/10/12/album/1381575549_772213.html#1381575549_772213_1381576027     Foto: Fernando Alvarado (Efe)
Muy criticable, por otra parte, que los actos centrales de la parada militar y desfile se hayan alejado del público, del ciudadano, de la calle en definitiva. Observar la ceremonia desde la televisión resultó fría y poco emotiva, por mucho que este tipo de actos resulten siempre solemnes, bonitos y relevantes. Pero no se ha conseguido lo pretendido. Falta el ciudadano, falta el calor de la calle y veo este acto alejado, distante. Creo sencillamente que esta visión de celebración ha entrado en la agonía, cuestión ésta que nada tiene que ver con la presencia o no del Rey y demás miembros de la Familia Real, sino con la esencia del acto en sí mismo. Los medios se han detenido en el papel de Real Familia, pero para mí lo importante ha sido la frialdad de un acto que no conecta, salvo para quienes piensan que hacer España es cuestión de exhibir la fuerza militar o celebrar el día como lo hacían dictadores del pasado. Este evento requiere actualizarse, y sueño algún día con otro tipo de actividades que combinan las oficiales con las ciudadanas, con un Rey, Príncipe, gobierno, autoridades, mezclándose con la gente, celebrando como la gente hace las fiestas.
Veía por otro lado, cómo los zaragozanos y aragones en general celebraban con júbilo y devoción la fiesta de su Patrona, y más me recordaba la Fiesta Nacional el día del Pilar, que lo que veíamos en la Plaza de Neptuno e inmediaciones. Deberían los altos responsables del Estado y sus servicios de protocolo abrir una severa reflexión al respecto. Lo necesita la unidad de este país.
Y cierro solamente recordando que si el Príncipe estaba representando al Rey en la Recepción en Palacio, don Felipe debería ir situado por delante de su madre, la Reina, y abrir el besamanos. Algo a lo que no estamos acostumbrados, pero es evidente que en ausencia del Jefe del Estado, quien debe representarle institucionalmente es el Heredero, que en consecuencia toma por instantes los honores de aquél. Por lo tanto, debe recibir él y su esposa, seguidos por la Reina y la Infanta. Esa es la  solución protocolaria idónea y en línea con la normativa (siempre interpretable). Otra cosa es que la prudencia o la falta de costumbre en nuestro país haya podido hacer pensar que hay determinados cambios que aún no se pueden visualizar. Es una lástima que haya tanta resistencia a que se le vaya encomendando en casa al Heredero las máximas funciones representativas cuando nadie se las va a discutir. Al menos en un caso tan claro en el que evidentemente el Rey no está para fiestas, ni para actos oficiales.
 Tras el saludo el Príncipe de sirige en Palacio Real a los presentes. Como observamos la Reina ocupa el puesto uno de esta presidencia. Fuente: http://www.abc.es/espana/20131012/abci-alminuto-desfile-fiesta-nacional-201310121001.html.
Autor: Esteban Villarejo.
Seguiremos soñando que algún día la Fiesta Nacional llegue a todos los rincones de España a través de la espontánea participación de los españoles, empujados por el verdadero nacionalismo, que no es otro que el defender los valores, historia, presente y futuro de tu país. Nada incompatible con celebrar con el mismo entusiasmo y orgullo el día de tu comunidad. Y orgullosos estaremos de que efectivamente todo el mundo se sienta ciudadano de España, de su región o comunidad, de su municipio o de su pueblecito. Pero todos más o menos saben celebrarlo, salvo a nivel de Estado que seguimos “erre que erre” con la misma cantinela de desfile (absurdo en estos tiempos).
Lo dicho, seguiremos soñando.
Y por supuesto, al margen de estos comentarios, felicitar a los responsables de protocolo y su equipo porque una vez más el evento técnicamente ha sido bien organizado y ejecutado.

El Protocolo judicial en España

El protocolo y ceremonial del Poder Judicial de España (en su conjunto) es una de las asignaturas pendientes que tienen la mayoría de los profesionales en nuestro país, que en un porcentaje alto desconocen, pese a formar parte del gran ceremonial oficial. De eso se puede dar buena fe por el alto número de consultas que han llegado y siguen llegando hasta el Instituto Universitario de Protocolo de la Universidad Camilo José Cela en los dos últimos años.  No es una cuestión fácil de entender porque se entremezclan muchas normativas generales del Estado con las propias de este Poder, así como las costumbres y tradiciones que rodean a este importante sector, que prácticamente está todos los días en los medios de comunicación.

 

Por otra parte, en la mayoría de los actos oficiales que promueve el Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales, cuentan con la presencia de representantes judiciales y jurisdiccionales a quienes en muchas ocasiones resulta difícil de encajar entre los invitados a un evento. En este sentido, es necesario advertir de la importancia de dominar este protocolo, tanto para quienes ejercen en el sector público como en el privado. De esa dificultad da buena fe lo complicado que resulta a los alumnos de Grado y Postgrado que se preparan para ejercer en el futuro tareas de protocolo y organización de eventos.

 

Podría preguntarse, ¿quién va antes, el Presidente de la Audiencia Nacional o el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un acto a celebrar en Madrid y por qué? ¿O quién tiene mayor rango a estos efectos, un magistrado del Supremo o el fiscal jefe del mismo? ¿O, más cerca de los ciudadanos un juez decano o un magistrado de la Audiencia Provincial? Preguntas sencillas, pero que muchos desconocen, generándose a veces errores en la aplicación real en diferentes eventos.

 

El Protocolo en el Poder Judicial se rige por leyes y reales decretos nacionales, y en especial por el Reglamento 2/2005, de 23 de noviembre, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los Actos Judiciales Solemnes. Una lectura del mismo contribuiría a entender muchas cosas, así como un seguimiento especial de sus actos específicos. En este sentido, es preceptivo aconsejar su estudio, y animar a algunos doctorandos a que realicen posibles tesis doctorales al respecto, pues es un tema rico y amplio como para desarrollarlo y necesitado de divulgación.

 

Aparentemente, puede dar la sensación este Poder de aplicar un viejo ceremonial, porque se basa en costumbres y forma parte de un sector no propicio a abrirse en este sentido a la Sociedad. Pero en ocasiones aportan sus actos cuestiones que apuntan a una cierta renovación que permite pensar que también a la Justicia le ha llegado la necesidad de actualizarse.

 

Entrega de despachos a nuevos jueces en Barcelona

 

Un buen ejemplo de ello fue la reciente entrega de despachos a la LXIII promoción de nuevos jueces, que tras su preparación en la Escuela Judicial, recibieron del Príncipe de Asturias, en el transcurso de un acto celebrado en Barcelona, el pasado día 4 de abril, el documento que acredita a 231 personas, 145 mujeres y 86 hombres, con una media de edad de 30 años, que comenzarán a impartir Justicia. Cifras interesantes para los aficionados a las estadísticas o para quienes desean mayor presencia femenina y acceso a jóvenes. En ese mismo acto, la número uno de la promoción recibió de manos del Heredero la Cruz de San Raimundo de Peñafort. Puede verse un resumen/reportaje del mismo en http://www.youtube.com/watch?v=tK23xV9U4tU.
 
(Entrega de la Cruz de San Raimundo de Peñafort a la número uno de la promoción)
De este acto se debía destacar la presidencia, muy novedosa para el sector judicial, y que puede servir de referencia a otros ámbitos de la organización. Con independencia de que cada uno considere excesiva o no la mesa (13 personas), nos quedamos con lo más importante en nuestra opinión. Fue presidida por el Príncipe, y los listados de autoridades civiles y judiciales se repartieron en la misma en dos sectores. A la derecha de la presidencia, las judiciales por su orden, a la izquierda, las civiles por el Real Decreto, artículo 12. De esta forma a la derecha del heredero se sentaron el Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo (que como dice la normativa presidirá todos los actos promovidos desde el Poder Judicial, cediendo solo a los miembros de la Familia Real, razón que justifica la colocación en el puesto 2, pues de hacerlo en el tres estaría cediendo al presidente catalán). A continuación lo hicieron el Presidente del Tribunal Constitucional, Fiscal General del Estado, Vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial, Secretario del mismo y Directora de la Escuela Judicial.
 
(Entrega de despachos a los 231 nuevos jueces de la promoción)

 

A la izquierda de don Felipe, el President de Catalunya, la Vicepresidenta del Gobierno, Presidenta del Parlament Catalán, Delegada del Gobierno en Cataluña, Alcalde de Barcelona y Secretario de Estado de Justicia.

 

Esta disposición nos parece correcta, máximo si consideramos que la normativa interna del Poder Judicial señala que en sede propia las autoridades civiles deben ocupar zonas distintas a los representantes judiciales. De hecho en los actos que se celebran en sede judicial, al estrado sólo acuden los togados por su orden, ocupando la presidencia los miembros de la Sala de Gobierno correspondiente, más el fiscal jefe de la entidad, salvo excepciones puntuales derivadas de la costumbre (como la presencia en la mesa presidencial del Ministro de Justicia en la inauguración del año judicial). De esta forma, en la presidencia de Barcelona, a una zona quedaban unos y a la otra el resto, dando la derecha al Poder Judicial, un sistema éste que también se aplica asiduamente en el mundo deportivo.

 

Que la mesa presidencial fuera tan grande podría justificarse en el deseo de que en la misma estuvieran representados todos los sectores de la Justicia y de las principales instituciones civiles, al tiempo que el mayor número permitió agilizar la entrega de despachos al modo militar. Un acto bonito de ver y del que cada uno puede sacar las conclusiones que estime oportunas. En nuestro caso, consideramos una aportación que probablemente sea exportable a otros ámbitos del mundo oficial y no oficial. Una forma de adecuarse a los nuevos tiempos.

 

La paridad de las banderas

 

Al margen de ello, hemos de volver al asunto de las banderas, que están bien colocadas, pero dado que son 19 las comunidades y ciudades autónomas de España, si se decide, como fue en este caso, disponer las enseñas de todas más la española la suma hace veinte lo que genera que la bandera rojigualda no quede justo en el centro como parecería aconsejable en un evento que aunque se celebre en la ciudad condal realmente afecta a todo el Estado. Considerando que el acto es en Barcelona, la bandera catalana toma precedencia sobre la vasca, quedando España y Cataluña en el centro, una disposición que iguala en rango a ambos vexilos. El tema originará comentarios para todos los gustos, pero sí al menos hay que señalar que la posición central la ocupan España y Cataluña, con precedencia para la nacional, pero compartiendo el honor con la catalana. Algo inevitable salvo que se añadiera la europea, o sencillamente que se hubieran dispuesto en el centro dos de España, como se hacen en otros países y en instituciones europeas. Pero ahí queda la reflexión, para que cada uno defienda su teoría.
(El Príncipe de Asturias durante su intervención. A su izquierda, en la mesa presidencial las autoridades oficiales por su orden. Al otro extremo, no visibles en la imagen, los representantes judiciales)

La renuncia de la Infanta de España y la igualdad de género en la sucesion en la Corona

Viendo el programa de Telecinco “Nada es igual” del día 6 de diciembre sentí vergüenza ajena, y una rabia enorme, por la gran cantidad de tonterías y inexactitudes a propósito de una posible renuncia de la Infanta Cristina, que según la muy dudosa revista Vanitatis vendría negociando con el Rey con su hija desde hace un año. Los comentaristas, que ya no me atrevo a llamar periodistas de nada, decían cosas con una alegría impresentable, como si todo valiera. Muchas veces da la sensación que más que informar juegan a presumir “quién sabe más”, quien tiene más acceso a los entresijos de Palacio, sin que prácticamente alguno de ellos sepan absolutamente nada con la precisión requerida para afirmaciones tan contundentes como las dichas.

En ningún momento del debate, al menos hasta donde pude aguantar tanto disparate, se hizo referencia a la Constitución que es la única norma que regula actualmente la sucesión en la Corona de España, ni al Real Decreto de 6 de diciembre de 1987 por el que se establecen los Tratamientos, Títulos y Honores de la Familia Real y Regentes.

 

El Título II de la Constitución Española, señala en su artículo 57 que “La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos”. Si la Infanta Cristina de Borbón renunciase a sus derechos dinásticos -ocupa la séptima posición-, cosa que obviamente puede hacer en cualquier momento -con o sin consentimiento del Jefe de la Casa Real-, acarrearía el apartamiento inmediato de sus hijos dado que la sucesión como dice la máxima norma va por líneas. Si en ese eslabón una pieza se cae, arrastra al resto. Decir como se señaló que no es lo mismo renunciar con hijos que sin hijos es una soberana tontería. A la máxima norma podemos añadir, dado que la fuerza de la costumbre en estos temas se respeta en ocasiones casi como norma, que la renuncia de un heredero supone también la de sus descendientes. A las hermanas del Rey y sus hijos nos remitimos.

 

Por si quedara alguna duda podrían apelar al apartado 4 de ese artículo que afirma: “Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes”. No es que la Infanta se hubiera casado contra el criterio de ambas instituciones, Jefatura y Cortes, pero puede interpretarse que al apartamiento de la línea de la sucesión conlleva la de sus descendientes. Soy consciente de que en las cuestiones sucesorias hay lagunas en la Constitución, y ello puede conllevar interpretaciones diferentes. Pero al menos que se haga un debate en torno al texto legal y no sobre consideraciones tan burdas como las que oímos.

 

Ejemplo de estas lagunas es el mismo artículo 57, apartado 5, que remite a una Ley Orgánica -que aún no se ha hecho- todo lo relativo a abdicaciones y renuncias  que de hecho o de derecho ocurrieran en el orden de sucesión a la Corona. Luego esta es una cuestión jurídicamente sin cerrar, en cuyo vacío parecían disfrutar como peces los cuatro ilustres tertulianos televisivos.

 

Si renunciara a la sucesión la hija del Rey seguiría siendo igualmente hija, y la normativa vigente que ello acarrea le seguirá siendo de aplicación, luego continuaría con la dignidad de Infanta de España. Que desee renunciar al usa de esa dignidad y al tratamiento de Alteza que acrrea en todo caso sería por decisión personal. El artículo 3 de aquél Real Decreto dice: “Los hijos del Rey que no tengan la condición de Príncipe o Princesa de Asturias y los hijos de este Príncipe o Princesa serán Infantes de España y recibirán el tratamiento de Alteza Real. Sus consortes, mientras lo sean o permanezcan viudos, tendrán el tratamiento y honores que el Rey, por vía de gracia, les conceda en uso de la facultad que le atribuye el apartado f) del artículo 62 de la Constitución”. No hay referencia alguna que señale que el Rey pueda disponer otra cosa distinta salvo la de conceder la dignidad de Infante a las personas que juzgue dignas de esta merced por la concurrencia de circunstancias excepcionales o en términos generales ejercer el derecho de gracia. Por lo tanto desde el punto de vista legal, la Infanta será infanta de por vida, aunque obviamente no quiera utilizarlo. Sí en cambio, el Rey por la misma razón que concede un Título Nobiliario, por lógica podría quitarlo, si obviamente hay razones claras sobre el mal uso del mismo o la posible indignidad de quien lo tenga. Pero una hija del Rey será hija de por vida. No creo que estén negociando como se dice “dejar de ser hija”. La Reina ha dado claros síntomas de ello en sus apariciones públicas con los duques de Palma. Imaginamos que en lo personal la Familia es antetodo, eso, familia.

 

El triste episodio que ha generado la situación de imputado del consorte de la hija del Rey ayudará -es una lástima que sea por razones como éstas- a que se defina claramente cuál es el alcance de la Familia Real, factor éste que corresponde como Jefe de su Casa, al Rey de España. Tradicionalmente, se considera como tal a los reyes, sus hijos y sus nietos. Si nos atenemos a lo visto a la largo de la última década, las hermanas del Rey han sido consideradas como Familia Real al menos en los actos propios de trascendencia pública como las bodas de los tres hijos de don Juan Carlos y doña Sofía. Y quizá todo esto sea bueno para reforzar aún más el papel del Príncipe heredero, que a nuestro juicio debe asumir alguna función constitucional, ya que legalmente ahora mismo es  una persona que espera la llamada. Todos sabemos que en la realidad eso no ocurre porque el compromiso de don Felipe con España y los españoles y con su futuro le ha llevado a asumir notorios y relevantes papeles en la representación que su padre le confiere, y que cada vez se prodiga más.

 

Empezábamos este artículo haciendo referencia a la Constitución, de la que ayer celebramos su 34 cumpleaños, pidiendo de una vez a los políticos que por la vía que legalmente proceda -sn que haya que llegar a un referendum- se modifique ese artículo 57 para eliminar la primacía del varón frente a la mujer, sin que ello tenga efectos retroactivos. Un país que ha firmado la declaración universal de los derechos humanos de la ONU, que confiere la igualdad entre hombres y mujeres,  que tiene un Ministerio para la Igualdad, con una Familia Real que jamás ha dado pruebas de machismo alguno y que además es curiosamente anticonstitucional que esa práctica de siglos siga vigente en el siglo XXI. Una de las penúltimas monarquías que aún conservaba esa supremacía masculina, la Corona Británica, acaba de anunciar que  cambiará la normativa en favor del primer nacido o nacida. Pues es la hora de España, y aunque la situación probablemente no sea la idónea por lo que puede generar de debate social cualquier mecha que se encienda sobre el papel de la monarquía en nuestro país, creemos que nadie vaya a discutir que a nuestros señores diputados y senadores, por los mismos mecanismos que utilizaron para modificar la Carta Fundamental a propósito de cuestiones presupuestarias, tomasen el acuerdo de eliminar esas cinco palabras (“el varón a la mujer”).

 

Artículo 14 de la Constitución Española: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Si no puede haber discriminaciones por sexo que subsane de una vez. Los padres de la Constitución aquí no estuvieron nada finos. Que sus hijos por lo menos lo arreglen y que no haya que esperar a cambiar media Constitución porque entonces pasarán siglos…