La idoneidad para el cargo de director de protocolo en la Administración Pública

Rajoy bandera

 Tantos desaciertos se cometen en el Protocolo de Estado que habrá que mirar con lupa la idoneaidad para la dirección de estos servicios. El Presidente del Gobierno en una de sus comparecencias en el Palacio de La Moncloa.

De la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, publicada en el Boletín Oficial del Estado del 31 de marzo, que deja sin efecto la supresión de los tratamientos en los altos cargos del Gobierno y Administración Central, contemplada en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de febrero de 2005 por el que se aprueba el Código de Buen Gobierno de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, se pueden extraer otros aspectos interesantes para los técnicos de protocolo más allá del hecho de los excelentísimos e ilustrísimos.

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