El profesional de “eventos” gana terreno al de “Protocolo”

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Este artículo nunca hubiera querido escribirlo. Pero soy consciente de que las realidades profesionales evolucionan, unas veces para mal y otras para bien. En nuestro caso tenemos que esperar para valorar. Es cierto es que la profesión de técnico o experto en Protocolo se demanda menos y, en cambio, crece exponencialmente la de técnico de eventos o expresiones similares (si utilizamos términos ingleses sonaría mucho mejor para algunos), aparentemente más atractiva y de futuro. Os invito a una simple lectura de las últimas ofertas de trabajo que publica habitualmente en su blog Gloria Campos para confirmar este cuestión (incluso la Casa Real británica para su equipo de protocolo oferta un puesto denominado Assistant Events Coordinator, cuyas funciones son organizar ceremonias para el disfrute de millones de personas, según dice la convocaroria; ¿no es eso un técnico de protocolo en toda regla?). De hecho, la mayoría de quienes hicieron estudios de Protocolo en las diferentes universidades se promocionan en redes sociales como expertos en eventos y retiran cada vez más la palabra protocolo. ¡Será por algo!, digo. Cualquiera que lo mire puede comprobarlo. Puedo añadir por experiencia propia que quienes vienen a la universidad a hacer estos estudios apenas preguntan por protocolo y sí por eventos, dándose la circunstancia de que un alto porcentaje matizan más: “No quiero protocolo, sino estudiar organización de eventos”. Una carrera que por cierto compite cada vez con más fuerza con las clásicas de periodismo y relaciones públicas. De hecho en la Universidad Camilo José Cela es la que más alumnos tiene de las cinco que ofrece la Facultad de Ciencias de la Comunicación, habiendo alcanzado para este curso el máximo cupo que el Ministerio le permite.

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La Ikurriña en Pamplona y la precedencia de la bandera local

Imagen de las banderas el día del chupinazo de San Fermín. Las banderas de izquierda a derecha según se mira: Europa, Navarra, España, País Vasco y Pamplona.

Se ha hablado mucho esta semana de la decisión del nuevo alcalde de Pamplona, Joseba Asirón (EH Bildu), de colocar la bandera del País Vasco en el balcón municipal desde el que cada 6 de julio se lanza el popular chupinazo que abre los internacionales “sanfermines”. La primera autoridad local de la capital de Navarra ha argumentado que lo hizo en deferencia a la invitación a tres parlamentarias vascas. Es evidente que el trasfondo de la cuestión no es una cuestión de protocolo, sino política, en la que como es habitual no voy a entrar. Continúe Leyendo…

El Real Madrid hace suya la bandera de España

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Enhorabuena a los amantes del fútbol que anoche vivieron una nueva jornada festiva con la final del Copa del Rey, celebrada en Valencia, y que encumbró en la competición al Real Madrid al vencer al Barcelona. Especiales felicitaciones a los seguidores del club blanco que hasta muy altas horas de la madrugada celebraron el éxito en los diferentes lugares de España por los que los madridistas se reparten en estas mini vacaciones o entorno a la diosa Cibeles en el centro de Madrid.
De nuevo, la Plaza de la Cibeles, rodeada de miles de aficionados, policías, televisiones, medios de comunicación, y enfrente del Ayuntamiento de la capital de España, con notoria aceptación popular y la total permisividad oficial, el capitán del equipo de Chamartín, Iker Casillas, siguiendo la tradición de la leyenda “Raúl”, puso en el cuello de la estatua emblemática la bandera de España con el escudo del Real Madrid.
Flagrante incumplimiento de la normativa y torpeza absoluta de las autoridades que miran hacia otro lado ante un hecho que representa la usurpación de la bandera de todos para convertirla en la de los seguidores blancos. Colocar el emblema del Real Madrid sobre el vexilo rojigualda nos parece un incumplimiento legal muy grave, una permisividad excesiva por parte de las autoridades y una frivolización condenable de los directivos del equipo que lo autorizan. ¿No es suficiente con poner la bandera del Club a la Diosa?
La Ley, por encima de tradiciones inventadas
Algunos pensarán que da igual, pero no. Colocar la bandera de España con el escudo del Real Madrid es hacer un uso privativo de un símbolo que es de todos y perjudica a la necesaria identificación sin complejos del paño nacional por todos los ciudadanos españoles. Si hay una ley que prohíbe la colocación de símbolo alguno sobre la bandera, ¿por qué no se persigue y se multa como es debido? ¿Tanto cuesta exigir al Real Madrid que impida esas acciones? Aquí no se puede apelar a tradición alguna, pues la ley aprobada por las Cortes Generales en 1981 está por encima de supuestas tradiciones.
Cada vez que el Madrid gana algo, la misma cantinela. Guardaré este artículo para no tener que reescribirlo en una próxima ocasión, porque seguro que los gobiernos seguirán mirando para otro lado ante hechos de este tipo promovidos por instituciones mediáticas, populares e influyentes. Precisamente porque los órganos competentes de la Administración, debería hacer la labor de profilaxis en el correcto uso del símbolo que es de todos y del que todos deberíamos sentirnos orgullosos. Creo que debería ponerse una buena sanción al club blanco por esta falta grave. Pero como no se hará que sigan ondeando banderas con todo tipo de logos privados o no autorizados. Personalmente ya me cansa tanto lo que se hace con la bandera de España que empiezo a mirarla con cierto recelo.
Sigue el vale todo
Si todo esto viene regulado por Ley, ¿por qué no se persigue? Debería la Administración ponerse ya muy en serio con el “despiporre” absoluto que hay en nuestro país con el mal uso de las banderas, empezando por ella misma. Con permisividades como éstas solo me queda callar cuando veo que el Presidente de la Generalitat concurre en un acto oficial en su sede con la bandera catalana solo. Sigue el vale todo.

Protocolo y eficacia gráfica

 Rueda de prensa tras el Consejo de Ministros del Gobierno de España el día 7 de marzo, víspera del Día Internacional de la Mujer. Foto: pool La Moncloa.

Rueda de prensa tras el Consejo de Ministros del Gobierno de España el día 7 de marzo, víspera del Día Internacional de la Mujer. Foto: pool La Moncloa.

Observando esta foto uno se queda pensando si realmente tiene sentido que tras un Consejo de Ministros del Gobierno de España, la Vicepresidenta del Gobierno, Ministra de la Presidencia y Portavoz del Gobierno, Soraya Saénz de Santamaría, acompañada de los ministros de Defensa, Pedro Morenés, y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, concurran ante los medios de comunicación, en la Sala de Prensa de La Moncloa, con las banderas de España y Europa.
Ambas están correctamente ordenadas, pero resulta evidente desde la posición del observador que la enseña comunitaria destaca demasiado frente a la nacional que queda semitapada por el Ministro. ¿No sería mejor poner la bandera de España al lado derecho de la presidencia (más o menos donde se aprecia la bandera de Europa en la imagen) y la de la UE a la izquierda de la presidencia, o sencillamente prescindir de ella?
No es baladí lo que planteamos porque cualquiera que observe la imagen podría entender fácilmente que estamos ante un acto relacionado con Europa, cuando sencillamente es una rueda de prensa en la que se informa de los acuerdos del Consejo de Ministros del Gobierno de España. El titular de Defensa ha sido invitado por el acuerdo gubernativo de renovar la autorización para el despliegue temporal en la Base Aérea de Morón de la Frontera de una fuerza del ejército de los Estados Unidos de América. Nada que ver con la política de la Unión Europea. La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad comparece para informar de la aprobación del Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2014-2016, que responde al compromiso del Gobierno con la igualdad entre mujeres y hombres y para el que se destina una dotación de 3.127 millones de euros, el mayor presupuesto de cuantos planes de igualdad se han presentado en España.
Como puede verse nada que tenga que ver directamente con Europa. ¿Para qué la bandera comunitaria y dispuesta de tal manera que visualmente queda más relevante? Pienso que el Protocolo no consiste en ordenar solamente, sino en buscar las soluciones legales oportunas en línea con lo que se pretende comunicar. Por ejemplo, en este caso, debería valorarse si estratégicamente es conveniente o no poner el vexilo europeo, ya que no hay norma alguna que obligue a ello (la Unión Europea da libertad a los estados miembros para colocarla o no en el territorio de cada país miembro y en el orden que estimen oportuno).
En fin, solo es un ejemplo para demostrar que el Protocolo oficial es algo más que aplicaciones miméticas. Está para ponerse al servicio de loque se pretende comunicar. Uno llega a la conclusión que la cesión de la base y el Plan de Igualdad es cosa de Europa y no de nuestro gobierno. Eficacia gráfica perdida.

Noticia sobre banderas, ¡se ha cumplido con la norma!

Parece mentira, pero a veces cumplir con la normativa en Protocolo es motivo de felicitación. Algo que debía ser normal se convierte en noticia,  afortunadamente positiva. No podemos ocultar que, entre tanto incumplimiento y desaire a las disposiciones sobre las banderas en nuestro país, comenzando por las primeras instituciones,  nos produzca satisfacción observar cómo en un Ayuntamiento, después de cinco años se haya corregido la colocación de las enseñas en la fachada principal.
Es el caso del Ayuntamiento de Badalona (Cataluña) donde por fin ondean correctamente las tres enseñas (mínimas) que deben disponerse en la fachada de un Ayuntamiento: nacional, autonómica y local. Si se desea añadir la de Europa, a continuación (personalmente creo que cada día tiene menos sentido en los municipios).
En estas dos imágenes se observa el antes y el después del caso Badalona, cuyo responsable de Protocolo, Antonio Rodríguez de Rivera, ha conseguido que en el edificio consistorial ondeen las tres banderas mínimas y, ojo,  en su orden correcto. Esto no debería ser noticia, pero lamentablemente sí, y lo queremos compartir en este blog.

 AntesANTES: Hasta hace apenas unos días (España, Cataluña, Europa, Badalona y Badalona. No ajustada a derecho ni a costumbre).

 Después

DESPUÉS: ha costado cinco años conseguir ajustarlas a derecho (ahora lucen en este orden protocolario: España, Cataluña y Badalona, como marca la ley y la costumbre)
Ciertamente que han tenido que ayudar las fuertes ráfagas de viento para que reventaran dos mástiles y así encontrar la oportunidad de colocar las enseñas como corresonde.  Confiemos que dure y que los ediles no tengan ocurrencias al respecto. porque seguro que ninguna sería ni adecuada ni conforme a norma. Y si la tienen que pidan consejo al servicio de protocolo y atiendan sus indicaciones que para eso está dirigido por un buen experto.
Felicidades Antonio por este tan acertado ajuste que ojalá llegue a otros ayuntamientos donde en el albún de desaciertos y”ocurrencias” políticas no cabe ni un ápice. Y que dure. Dile al viento que no tire para mástiles que entonces sí tendremos un problema.

Banderas: lamentable espectáculo de Estado

Cataluña
Europa, que te pongo y que te quito.
Que te sitúo a la derecha o a la izquierda…
Que hago lo que me conviene.
(Anónimo, pero tan real como la vida misma)
Me hubiese gustado cerrar el año 2013 con algún artículo o reflexión con carácter positivo hacia la profesión de protocolo y organización de eventos, sus técnicas, sus normativas y todo lo que le rodea. Incluso había pensado en hacer una importante llamada a todas las asociaciones existentes en España en este sector para iniciar los pasos para la creación de la tan necesaria Federación de profesionales, o hacer referencia al informe de la revista Forbes que sitúa a los organizadores de eventos entre las diez primeras profesiones con más futuro en el 2014 (el sector empieza de nuevo a crecer y de forma importante). Pero la actualidad manda y hay cosas que evidentemente no se pueden pasar por alto. Hoy nos referiremos al desatino institucional sobre la bandera de España. Para otro día queda el otro desatino, que huele a cacicada, cometido por el Ayuntamiento valenciano de Xátiva que convoca dos plazas de protocolo exigiendo tan solo una “diplomatura universitaria” (y se quedan tan panchos, con cinco miembros en un tribunal seleccionados que no acredita conocimiento alguno en la materia; ¿qué criterios van a seguir para evaluar y más viendo los temas tan genéricos que han puesto?: curiosamente, uno de ellos, “la taquilla”, sin más).

 

 La profesión ha “clamado” al cielo al ver cómo en menos de tres días, nada menos que tres altas instituciones del Estado, la Jefatura –discurso del Rey el día Nochebuena-, el Presidente del Gobierno –balance del año tras el último Consejo de Ministros- y entrevista con el nuevo Presidente del Tribunal Constitucional en televisión. En los tres casos la misma situación: la bandera de España situada en segundo lugar por detrás de la europea. Una infracción (hay más) muy grave de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas.

 

La bandera de España debe ondear sola

 

Según esta norma, aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el propio Rey, dice en su artículo tercero:

 

Uno. La bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado.

 

Dos. La bandera de España será la única que ondee y se exhiba en las sedes de los órganos constitucionales del Estado y en la de los órganos centrales de la Administración del Estado.

 

De este artículo ya se vulneran dos preceptos, el de no ocupar un lugar preferente y no ser la única que ondee en la sede de estos organismos constitucionales (los tres citados lo son). No hay norma alguna, ni en la Unión Europea, ni en España, que regule el uso de la bandera de Europa en los organismos oficiales de los países miembros, ni referencia a su precedencia, dándose ya como costumbre que sea la última de las oficiales. En consecuencia, no hay explicación alguna para que ambas enseñas hayan sido puestas en orden inverso.

 

La precedencia legal

 

Si alguien desconoce cómo es la precedencia entre dos banderas, ha de señalarse que por costumbre –admitida como norma en este sector- la que ocupa el lugar derecho entre ellas (la izquierda si se mira de frente) tiene precedencia sobre la otra. Al respecto, el artículo sexto, en su apartado dos, dice textualmente:

 

Dos. Si junto a ella se utilizan otras banderas, la bandera de España ocupará lugar preeminente y de máximo honor y las restantes no podrán tener mayor tamaño.

 

Se entenderá como lugar preeminente y de máximo honor:

 

a) Cuando el número de banderas que ondeen juntas sea impar, la posición central.

 

b) Si el número de banderas que ondeen juntas es par, de las dos posiciones que ocupan el centro, la de la derecha de la presidencia si la hubiere o la izquierda del observador.

 

No hay posible interpretación alguna al respecto porque la norma es clara y tajante. Muchos profesionales y estudiosos en la materia han pasado de su sorpresa inicial a su posterior indignación –hablamos siempre desde el punto de vista técnico y legal- por esta lamentable actuación que afecta a la Corona, al Gobierno y al Tribunal Constitucional, nada menos. La cosa es grave, porque no hay justificación alguna para esas decisiones. Si cualquier ciudadano es penalizado por incumplir la normativa, ¿se va a hacer lo mismo en esta ocasión? Supongo que así debería ser, pero todos sabemos que no. Debería exigirse responsabilidades pues es evidente que origina un daño al símbolo de todos los españoles (que no de la Corona o del Gobierno) y a lo significa legalmente la prioridad de la enseña nacional, algo que va más allá de simples decisiones que pudieran encontrar justificación en razones políticas o mediáticas. Con la bandera no se puede jugar de esta manera desde el Estado, ni utilizarla con determinados fines diferentes a su función esencial.

 

Las razones de los actores

 

Hemos tratado de buscar las razones que los actores de este desaguisado han esgrimido para tomar esas decisiones. Respecto al Tribunal Constitucional me dicen sencillamente desde el entorno de la presidencia que han aplicado la norma y no hacen más comentarios. ¿Hay otra norma que no conozcamos? Santa respuesta, pues evidente que no hay más normativas al respecto. Su respuesta esconde evidentemente que hay un fallo clamoroso, aunque es posible que no haya intencionalidad alguna.
Pte Tribunal ConstitucionalEntrevista con el Presidente del Tribunal Constitucional de España.

Amigos fiables del entorno de la Casa de Su Majestad me han comentado que el tema fue tratado y que, finalmente, se decidió esta solución, en primer lugar porque se quiso destacar más la bandera de España, sin perder la referencia de Europa, en un momento que conviene dejar clara nuestra pertenencia a este organismo supranacional. “Somos ciudadanos españoles pero también de la Europa solidaria”, frase textual. Pero eso se podría haber hecho igual sin obligar a comparecer al Monarca ante un grave incumplimiento de una Ley que afecta al símbolo nacional por excelencia. No es moco de pavo.  Se ha pretendido que la de España estuviera más destacada dejando en un aparente segundo plano la Europea, aunque reconocen que quizá el resultado no ha sido el esperado. Dejamos registrada esta argumentación, para que todos lo sepan, aunque es evidente que no compartimos el resultado de lo buscado y menos que para ello haya que incumplir la normativa.

Rey Discurso del Rey de España en Nochebuena 2013.

 

Más sorprendente es la respuesta que nos han dado en La Moncloa. Personal cualificado del entorno del Presidente han señalado que no hay que exagerar sobre la solución dada a las banderas en la comparecencia de Rajoy ante los medios de comunicación. Se hace de una forma o de otra, pero en cualquier caso la de España está y junto a la Europea, “porque no hemos de olvidar que somos un país de la Unión. Ningún periodista se ha quejado tampoco”. No han querido explicarme los criterios que siguen para una u otra opción, lo que nos lleva a pensar que esa forma de ordenar depende del “capricho” de a quien le corresponda tomar la decisión en cada momento. La verdad es que al oír estas respuestas, por mucho que uno quiera entenderlas y encontrar un resquicio para apoyar a nuestros compañeros, no hay manera de agarrarse a nada. Tenemos una ley, pero la cumplimos o no según nos convenga, parecen querer decirnos. ¿Puede hacerse eso con un ley?
Rajoy bandera
 El Presidente del Gobierno en rueda de prensa ante los periodistas tras el último Consejo de Ministros del año.

 

En las tres instituciones, siempre se afirma que los servicios de prensa quieren que la bandera nacional aparezca en el encuadre televisivo junto al personaje. Algo que ya imaginamos, lo que nos lleva a concluir de estas pesquisas que las necesidades mediáticas están por encima de la Ley. Si tan importante es esto ¿por qué no se buscan otras soluciones legales, que las hay, o por qué no se cambia la norma para posibilitar otras alternativas? El Gobierno con su mayoría absoluta podría hacerlo sin más complicaciones, pero ¿le conviene?

 

Me desilusionan mucho estas respuestas. Siento un nuevo menosprecio no sólo al entramado legal, sino a la profesión en sí mismo. Es como si de verdad entendieran que en estos tiempos de necesaria cercanía hay que hacer lo contrario de lo que dicta el protocolo. De ser así, y todo parece indicarlo, estaríamos ante una incomprensión absoluta de lo que es el Protocolo hoy. Siguiendo ese proceder y esas argumentaciones terminarán por ser “rehenes” de un protocolo desfasado y perjudicial. De cualquier forma es muy de los comunicadores políticos recurrir a opciones y opiniones como éstas. Devastador. Espero que estos comunicadores se centren mejor en su verdadera labor, que ya bastante pena da lo que hacen estrictamente en lo suyo.
Fíjense en el caso de Rajoy en un breve período de tiempo y en situaciones muy similares el baile de banderas:
1. Imposición de la Gran Cruz al Ministro de Relaciones Exteriores de Alemania en La Moncloa (diciembre 2013)):
 Rajoy árbol (1)
2. Rajoy tras una cumbre del Consejo Europeo (diciembre 2013):
Rajoy rueda 20 diciem Consejo Europeo

3. Rajoy tras otra cumbre del Consejo Europeo (junio 2013):

 Rajoy Rueda 28 junio Consejo Europeo
4. Rajoy en una entrevista en La Moncloa a una emisora de radio española (noviembre 2012):
Rajoy buena
Un cachondeo. No tiene otro nombre, pues en situaciones similares se despachan soluciones contradictorias. Una tomadura de pelo.

 

El Estado pierde razones y fuerza moral

 

¿Qué fuerza moral le queda ahora al Gobierno, por ejemplo, para exigir a las comunidades autónomas que cumplan con la Ley de la Bandera de España (y ya ha habido sentencias del Tribunal Supremo al respecto), si su propio Presidente vulnera la norma? ¿Cómo va a perseguir el Tribunal Constitucional o la Justicia que haya ayuntamientos que no pongan la bandera nacional o la releguen con respecto a otras? ¿Qué imagen transmite el Rey anteponiendo Europa a España visualmente hablando? ¡Qué carajo de país es el que tolera este juego de banderas como si fuera algo propio del azar! Si mañana el Ayuntamiento “x” decide que su bandera ondee por delante de la española, ¿qué delegado del Gobierno tiene fuerza moral para exigir el correcto cumplimiento de la norma?

 

Sencillamente no es de recibo, y menos cuando uno observa en el histórico gráfico cómo se va jugando con el intercambio de banderas como si fuera algo del capricho o antojo de cada momento. Indigna que no se cumpla la norma, porque el Estado pierde las razones que luego esgrime o debería hacer ante determinados nacionalismos o republicanismos o similares. Si los altos responsables del país actúan así, ¿qué representa la bandera de España entonces?

 

Nunca sabremos a ciencia cierta si fueron fallos, descuidos o decisiones intencionadas. Pero tanta reiteración y coincidencia nos lleva a pensar que las casualidades no prodigan tanto en el ámbito protocolario. Uno tiene la sensación al ver estas cosas de que hay desprecio por el cumplimiento de la norma e insensatez a la hora de valorar las repercusiones. Muchos señalan que tiene que haber razones para esto (supongo que las habrá, pero obviamente las desconozco). Pero las haya o no (normalmente de carácter mediático o fallo en la interpretación de la Ley), estamos ante una grave ilegalidad.

 

La solución francesa

 

Se ha alegado que en la comparecencia del Monarca, la enseña europea estaba un poco más atrás que la española (si fue así, muy poco perceptible), adoptando la opción francesa de la colocación oblicua de las banderas, en cuyo caso la de España debería estar manifiestamente en primera línea y la europea en segunda. En ese caso debe visionarse claramente tal situación, cosa que no ocurría en La Zarzuela, donde más bien, parecía, incluso, que la Europea era de distinto tamaño, y muy mal dispuesta (casi parece una descortesía hacia la comunitaria).
Sarkozy
El entonces presidente francés Sarkozy en un acto institucional en el Palacio del Elíseo.
En el caso francés queda clara la preeminencia de la bandera francesa, quedando más cerca del presidente. En situaciones como éstas no se juzga la derecha o la izquierda, sino antes la primera línea frente a la segunda.

 

Si las autoridades consideran que la de Europa debe ir primero o que la de España ha de quedar más próxima a la persona que presida, debería modificarse la ley vigente e incluir la opción lineal, en cuyo caso el problema quedaría resuelto, ya que en este supuesto se empezaría a ordenar desde la persona que preside, para dejar la última enseña más alejada del centro de interés. Pero esa opción no la contempla la norma. Es cierto que la ordenación lineal por costumbre puede aplicarse también, pero la misma costumbre se refiere a situaciones claramente diferentes a las que hemos visto y que para no alargar este artículo dejaremos para otra ocasión.
En definitiva no veo justificación alguna a las decisiones adoptadas y sí una importante ilegalidad que preocupantemente se reitera. ¡Qué cambien la Ley! Pero mientras sea ésta, la Ley es igual para todos, y ha de cumplirse. De no ser así, que nadie diga nada cuando veamos imágenes como éstas:
Euskadi
 Toro
Lamentable espectáculo de Estado.

¿Despiste o dejación?: La bandera franquista sigue contemplada en el Reglamento vigente de 1977

La Constitución Española de 1978, en su artículo 4, deja definida claramente cómo ha de ser la bandera de España: “(…) está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas”. No hay más referencia a la enseña nacional salvo la que se hace en el artículo 5 que dice que las de las comunidades autónomas han de utilizarse “junto a la bandera de España en sus edificios públicos y actos oficiales”.
Según la Constitución, la bandera de España es ésta que se reproduce:

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La Ley 39/1981 de 28 de octubre, regula el uso de la bandera, y en ella se establece que en “la franja amarilla se podrá incorporar, en la forma que reglamentariamente se señale (nota del autor: señalamiento inexistente), el escudo de España”. Éste se establece por la Ley 33/1981, de 5 de octubre, haciéndose público el modelo oficial en el Real Decreto 2974/1981, de 18 de diciembre, y se especifican técnicamente los colores por el Real Decreto 2267/1982, de 3 de septiembre. El escudo oficial es como se reproduce:

En los supuestos que permite la Ley 39/1981, para uso oficial, la bandera de España “podrá incorporar el escudo” (nota del autor: no dice que sea obligatorio), de tal manera que sería como la siguiente:

Sin embargo, pese a estas normas superiores, subsiste en vigor otro Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, que no ha sido tácitamente derogado y que para muchos de sus preceptos en Protocolo se siguen sus indicaciones. Este Reglamento “curiosamente” no ha sido modificado en lo que se refiere al Escudo de España, de tal forma que la Regla 2 señala que el escudo a colocar es el vigente durante el franquismo, es decir, el coronado con el Águila de San Juan y con la divisa “Una”, “Grande” y “Libre”. Es decir, esta (se reproduce la que viene en el BOE nº 156, de 1 de julio de 1977), que figura en la web oficial de Presidencia:

La Regla número 3 describe la bandera nacional con escudo de España y dice que “la colocación del escudo es centrado sobre la franja gualda, a una distancia de la vaina de media anchura de la bandera y de un tamaño de dos tercios de esta”, de tal maneras que el mismo texto normativo la reproduce de la siguiente manera:

Y así ya para el resto de las versiones de banderas, estandartes, guiones y divisas. ¿Cómo es posible que esta norma siga vigente y no se haya sido modificado? Este Reglamento, para más “INRI” figura colgado de la web oficial de la Presidencia del Gobierno junto a las otras dos normas sobre la enseña nacional (http://www.lamoncloa.gob.es/NR/rdonlyres/72AF2E80-D5A6-4CC5-A27D-7A8A947E9DF0/71673/1511_1977.pdf). Resulta inconcebible, inimaginable, indignante y todos los calificativos que se quieran añadir, que siga sin actualiarse. Desde hace años venimos recordando la necesidad de adaptar este Reglamento (necesario también para otros  capítulos que han quedado desfasados o ilegales), pero ya 32 años después sin tocarse nos induce a pensar que no es un olvido. Ni gobiernos centristas, socialistas o populares han tocado el Reglamento para adaptarlo a la Constitución y no hay otra normativa que diga que está invalidado. La lógica nos dice que una Ley es de rango superior, y qué vamos a decir de la Constitución, y dejan claro cuál es la bandera con el escudo correcto. ¿Pero tanto cuesta cambiar este Reglamento que puede inducir a errores  a quienes no estén duchos en la materia? La Ley 39/1981 solo deroga el Real Decreto 2749/1978, de 24 de noviembre, sobre utilización de la Bandera Nacional (http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1978-29187), pero no el Reglamento. ¿Un despiste?

Parece increíble que estas cosas sucedan, que tengamos en vigor una norma de banderas que es anticonstitucional. Un hecho muy grave que desde Protocolo del Estado deberían haber subsanado hace décadas. Y en la corrección por cierto podrían aprovechar para matizar y cambiar algunas cosas evidentes, y por qué no hacer alusión al decoro de la bandera, para que no se permita que en edificios oficiales luzcan banderas nacionales en las que parecen que anidan familias enteras de ratas. Banderas desgastadas, roídas, rotas, etc., debería penalizarse a quien lo consiente. Y aunque sea muy evidente que el símbolo nacional deba ser respetado incluso en su correcto estado físico, la realidad nos demuestra que la cuestión no preocupa mucho a un buen número de instituciones oficiales que deben estar esperando a que la rojigualda se desintegre por completo. Aquí vemos esta foto (extraída de http://blogs.elpais.com/cafe-steiner/2013/03/banderas-deshilachadas.html) del vexilo nacional ondeando el 27 de marzo de 2013 en una Casa Cuartel de la Guardia Civil:

O que pueda llegarse a lo que ocurrió en un municipio asturiano, en el que el Partido Popular hablaba del mal estado de las banderas en el balcón consistorial, “algo que ofende a ,la vista de todos los que pasan” (http://www.elcomercio.es/gijon/20080806/aviles/pone-manifiesto-estado-banderas-20080806.html).

Es inquietante en un Estado democrático, que estos “pequeños” detalles no se corrijan. ¿Cómo puede exigir el gobierno que en Cataluña o País Vasco o Andalucía o Murcia ondee la bandera de España junto a las autonómicas, si tiene un Reglamento Nacional, exhibido en la web oficial, que señala como idóneo el escudo franquista. ¿Necesitamos un siglo para que se cambie? Por favor… ¿Qué estado tenemos que aún admitiendo el despiste no corrija algo tan grave como esto? Sí, grave, porque estamos hablando de un símbolo nacional.

Nota: todas las imágenes, salvo la de la Casa Cuartel, se han extraído de la web oficial de la Presidencia de Gobierno de España (www.lamoncloa.es).

Normativa para el Luto Oficial

Por el Real Decreto 570/2013, de 25 de julio, el gobierno de la Nación ha declarado luto nacional con motivo del accidente ferroviario acaecido al descarrilar un día antes en Angrois (localidad situada a cuatro kilómetros de Santiago de Compostela, España), un tren Alvia que desde Madrid se dirigía a O Ferrol, sesgando la vida de 79 personas (balance a la hora de escribir este artículo) y dejando mal heridos a otros tantos. A propuesta del Presidente del Gobierno español, y “como testimonio del dolor de la Nación española por los fallecidos en el accidente ferroviario acaecido en Santiago de Compostela” (…) “se declara luto oficial desde las 00 horas del día 26 hasta las 24 horas del día 28 de julio de 2013, durante las cuales la Bandera Nacional ondeará a media asta en todos los edificios públicos y buques de la Armada”. Se da la circunstancia que precisamente el día del Funeral de Estado no se estará de luto (tema el de los funerales de Estado que nos reservamos para futuros comentarios).

 

El luto es un manera heredada por costumbre con la que externamente deseamos mostrar nuestro dolor y solidaridad por el fallecimiento de un ser querido o próximo. El Estado, a través de sus diferentes instituciones, desde tiempos inmemoriales, ha venido adaptando bajo varios modelos, el luto oficial para expresar en nombre de todos los ciudadanos su pesar por la muerte de una personalidad de relevancia, o de uno, varios o muchos ciudadanos en circunstancias trágicas, conmovedoras e impactantes (graves accidentes, atentados, guerras, etc.).

 

No están reguladas las razones que han de llevar a declarar un luto oficial, ya sea nacional, regional o local, lo que ha generado situaciones muy dispares en la que a veces los profesionales de protocolo no sabemos a ciencia cierta la forma correcta de proceder. Es una cuestión muy debatida y tratada en diferentes foros, en los cuales se ha venido a concluir en la necesidad de establecer unos mínimos preceptos legales que unifiquen la forma de expresar el luto, especialmente sobre las banderas, y la duración del mismo.

 

En relación a las banderas, está claro que si el luto está decretado por el gobierno de la Nación, la enseña de España en los edificios públicos de los organismos españoles (en todos –administración central, regional y local-, en nuestro país y fuera)  y en los buques de la Armada, debe de ondear a media asta. El propio Real Decreto, preceptivo para declarar el luto oficial, así lo determina, pero nada dice sobre banderas sostenidas en mástiles cortos que no permiten su colocación a media asta (banderas interior, o de exterior en soportes cortos).
 
 Por tradición, se sabe que el luto en este caso se manifiesta mediante la colocación de un lazo negro o crespón en lo alto del mástil. La moda última de colocarlo prendido sobre la propia bandera es de uso reciente, impuesto por necesidades mediáticas (que salga en el encuadre televisivo, lo que obliga a renunciar al lazo en lo alto del mástil) o por desconocimiento. Respetamos esta cuestión, si bien hay que advertir que la Ley de la Bandera de España prohíbe en su artículo noveno lo colocación de cualquier símbolo sobre la misma, y el lazo o crespón sí lo es. Claro está que esta ley cada día se cumple menos, empezando por las más altas instituciones constitucionales del Estado, algunas de las cuales exhiben al mismo tiempo y juntas la española y la europea u otras, cuando el artículo tres, apartado dos, lo prohíbe taxativamente. De hecho muchas comunidades autónomas, en razón a esto, se preguntan por qué el Congreso puede disponer la bandera de Europa y en un acuartelamiento militar se niega la colocación del vexilo de la comunidad autónoma donde se emplaza. Contradicciones.

 

Al margen de esta cuestión, el debate sigue abierto sobre qué hacer con el resto de las banderas oficiales cuando el luto es nacional o qué hacer con la española cuando quien lo declara es una comunidad autónoma. Y lo mismo podríamos decir de las entidades locales. No hay normativa tampoco. Conclusión, teoría del mal menor: siempre que haya luto oficial, declare quien lo declare, lo recomendable es que todas las banderas se dispongan a media asta, incluso la de Telefónica o la del BBVA (aunque sigo opinando que para las empresas es mejor señal de respeto retirar la misma). Auténticas barbaridades hemos visto como el caso de la Diputación de Guipúzcoa que con motivo del fallecimiento de Hugo Chávez, puso a media asta la bandera autonómica junto a la venezolana, tal y como se aprecia en la imagen. ¿Alguien ha denunciado que no esté la bandera de España? Y si llega a estar, ¿debería ponerse a media asta?

 

 No hay normativa, porque las leyes dicen cuándo se han de poner a media asta en el caso de que se declare el luto oficial nacional, pero no prohíbe claramente (habría que dar mil vueltas a la Ley para encontrar un hilo al que agarrarse) que se pueda poner descendida en otras situaciones no decretadas por el gobierno de la Nación. Lo absurdo puede llegar a situaciones como esta ocurrida en la Exposición Internacional de Zaragoza con ocasión del dramático accidente aéreo de Spanair en Barajas en 2008:

 

O que un equipo de fútbol, o una empresa, ponga la suya a media asta, como en este caso del Sporting de Gijón:

 

 

 

Los duración del luto

 

Especial preocupación nos entra sobre los días que han de durar el luto nacional o regional o local. Hemos analizado más de cincuenta situaciones relativamente recientemente en nuestro país y la conclusión es que vale todo. Dependerá de quien gobierne, del impacto o de la situación o circunstancia concreta. Así, al fallecer Don Juan, Conde de Barcelona, o su esposa María de las Mercedes, se establecieron nada menos que siete días. El Real Decreto aducía en sus razones que “ante el fallecimiento de mi Augusta Madre Doña María de las Mercedes de Borbón y Orleans, Condesa de Barcelona, y con el deseo de mostrar la admiración y el agradecimiento que su recuerdo merecen, honrar y reconocer su permanente ejemplo de entrega y generosidad al servicio de España, y otorgarle el tratamiento que corresponde a su Augusta Persona”, a propuesta del Presidente del Gobierno, se declaran de Luto Nacional siete días desde la fecha del Real Decreto, durante los cuales la bandera de España ondeará a media asta en los edificios públicos y en los buques de la Armada.

 

Cuando falleció Juan Pablo I, en 1978, también por Real Decreto se declaró luto nacional durante tres días desde la fecha de su publicación (29 de septiembre hasta el primero de octubre, inclusivo), así como el día de celebración de los funerales oficiales.

 

Fallecimiento en enero de 2012 de Manuel Fraga, fundador y primer presidente de Alianza Popular, ex Ministro y ex presidente de la Xunta de Galicia. Tres días de luto declarados por el gobierno gallego.

 

En junio de 2011, fallecieron dos militares del contingente español en la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad en Afganistán (ISAF). Se declaró luto oficial desde las 00 horas hasta las 24 horas del día 28 de junio  de 2011, es decir un día. Siguiendo con militares, cuando fallecieron 17, también en Afganistán tras ser abatido un helicóptero, se declararon dos días de duelo nacional. El Real Decreto decía textualmente: “A propuesta del presidente del Gobierno, se declara luto oficial como testimonio del dolor de la nación española ante el fallecimiento de diecisiete militares españoles en accidente aéreo ocurrido en cumplimiento de la misión de paz desarrollada en Afganistán desde hoy y hasta las 24.00 horas de mañana, 20 de agosto.

 

El 26 de mayo de 2003 el vuelo UKM 423 de um 4230 se estrelló en Turquía. Murieron 75 personas, 62 de ellos militares españoles. Gran impacto nacional. Se declaró luto nacional desde las 00.00 horas del día 28 hasta las 24.00 h del día 29. Dos días.

 

Otro accidente aéreo que impactó brutalmente a la sociedad española. El 20 de agosto de 2008, en la pista 36L de Madrid-Barajas, a las 14.45 h, un avión MD-82 de Spanair, vuelo 5022, se vino al suelo segundos después de despegar en dirección a Gran Canaria: 154 muertos. Tres días de luto oficial. El Real Decreto 1429/2008, justificaba la decisión: “Como testimonio de dolor de la Nación española ante el fallecimiento de numerosas personas provocado por el accidente aéreo ocurrido en el Aeropuerto de Madrid-Barajas en el día de ayer”.

 

Lorca, mayo 2011, sendos terremotos sesgan la vida a ocho personas: dos días de luto nacional. También causó un gran impacto nacional y la movilización general. El Real Decreto 681/2011, de 12 de mayo, decía: “Como testimonio del dolor de la Nación española por los fallecidos como consecuencia de los movimientos sísmicos en Lorca, Murcia, a propuesta del Presidente del Gobierno, se declara luto oficial desde las 00 horas del día 13 hasta las 24 horas del día 14 de mayo, durante las cuales la bandera nacional ondeará a media asta en todos los edificios públicos y buques de la Armada”.

 

Y pongamos ya un último caso, el que posiblemente haya sido de mayor impacto y conmoción de la historia reciente de España, los 192 muertos en los atentados del 11 de mayo en Madrid y miles de heridos. El Real Decreto 419/2004, de 12 de marzo de 2004 estableció tres días de luto nacional, “como testimonio del dolor de la Nación española ante los criminales atentados perpetrados en la Villa de Madrid el día 11 de marzo de 2004”. Por ello a propuesta del Presidente del Gobierno, se declaró luto oficial desde las 00 horas del día 12 de marzo de 2004 hasta las 24 horas del día 14 de marzo de 2004.

 

Citados todos estos ejemplos pocos comentarios se pueden hacer. No hay un baremo de medir. Depende del gobierno de cada momento. Para la Xunta de Galicia es tan relevante el luto por la muerte de Fraga, como al gobierno de la Nación la muerte de las 79 personas en el accidente del Tren Alvia y tan relevante como los atentados de Atocha, o tan relevante para un pequeño ayuntamiento cuando fallecen dos jóvenes en un trágico accidente un sábado de madrugada. Y todo es nada, cuando se alcanzan los siete días para los condes de Barcelona. ¿Cuál es la vara de medir?

 

Siendo en todos los casos justificable el luto, solo cabe hacerse esa pregunta. Por todo ello, considero de absoluta necesidad que se apruebe una disposición que regule todo lo relativo a esta cuestión, se fijen los criterios y la forma de actuar en todos los supuestos generales o habituales o excepcionales. Pero que haya algo en lo que basarse, porque un día nos podemos encontrar en cualquier lugar de España la bandera nacional a media asta y no sabremos por qué. Y sobretodo, que evite en lo posible esta desproporcionalidad que hemos acreditado a lo largo de los casos expuestos. Y por supuesto el día del Funeral de Estado, que en mi modesta opinión debía modificarse por “Acto (civil) de Estado en homenaje a… o con motivo de…”, debería ser siempre declarado Luto Nacional si dicho evento está promovido por las instituciones públicas.

Un buen protocolo hace más grande al deporte


Una vez más el Protocolo y la adecuada organización hicieron posible que  los aficionados en general de la ya reconocida “Armada española” pudieran disfrutar de la grandeza que supone llegar a lo más alto de una competición de Tenis entre naciones. De esta forma, en mitad de un hermoso duelo de hinchas, “la roja” se impuso a la selección argentina tras una disputadísimo encuentro entre Rafael Nadal y Juan Martín del Potro que se prolongó durante más de cuatro horas.

En ese tiempo los dos jugadores quemaban todas sus energías, uno para cerrar la victoria definitiva de su equipo y el otro para alcanzar un empate en la contienda que mantuviera vivo el sueño argentino de devolver la faena del Mar de Plata. Finalizada propiamente la competición, llegaba la alegría desbordante de unos y la tristeza de otros, pero es ahí donde un buen Protocolo se hace enormemente gigante. Ha de estar preparada la ceremonia de premiación, incluso las celebraciones paralelas y siguientes, y desde la perspectivas todas las posibles situaciones. Es fundamental en el deporte que los actos de celebración sean extraordinariamente cuidados y preparados para que realmente se pueda trasladar más allá de la cancha las emociones.
Para argumentar esta circunstancia sólo es necesario observar las portadas digitales e impresas de los principales diarios españoles  en las que se repiten  imágenes similares de la “quinta española” junto al Rey con la “Ensaladera” (Copa) entre sus manos o bien mostrando a los cinco jugadores más el capitán enganchados como una cadena que irradia felicidad. La cuidadosa preparación y desarrollo de la ceremonia de entrega de los trofeos a los finalistas –que obviamente tuvieron su momento de reconocimiento- y a los vencedores fue clave para que los medios de comunicación pudieran transmitir con elegancia, sencillez y nitidez el sentimiento de las partes. Sin una adecuada organización, pensada en primer lugar para premiar a los protagonistas, y en segundo lugar para hacer partícipe a las aficiones implicadas se hubiera perdido mucha eficacia comunicativa. De lo contrario hubiera sido un caos, un desorden, que no hubiera estado a la altura de la brillantez deportiva. Esto es el más claro ejemplo de cómo la comunicación necesita de un buen protocolo que le proporcione la puesta en escena de la victoria o la derrota.
La “foto” es para unos la celebración y el desconsuelo para otros, y esas imágenes deben ser pensadas para que den la vuelta al mundo. De ahí la importancia de que todo lo hecho estuviera plenamente estudiado y preparado. Respetando las exigencias que las Federaciones imponen para una ceremonia de premiación, el momento de la entrega de los trofeos se hace más grande cuando el Protocolo favorece la espontaneidad de los sentimientos, aparta a los oportunistas de la foto y se centra solo y exclusivamente en lo que es el deporte y sus representantes (sin menospreciar a quienes lo patrocinan). Siempre se ha dicho que en la celebración deportiva intentar poner orden o un determinado protocolo es ganarse un chorro de cava en la cabeza. Es difícil, sí, pero hay tiempo para todo. Para la dignidad del deporte en sí, el respeto a los deportistas de una y otra parte y el homenaje a la hinchada, es necesario que tras el partido se canalicen las emociones con una adecuada puesta en escena que no trate de ahogar la alegría, pero que tampoco ignore al que sufre. Ya vendrán después momentos más libres de celebración a la que los deportistas tienen derecho y la hinchada también.
Por eso, sin un buen protocolo ayer en La Cartuja de Sevilla no hubiera sido lo mismo. Y aunque hubo determinados aspectos muy mejorables pero que no restaron relevancia -eso sí debe de evitarse que alguien de la organización, con walki en la mano,  esté cruzándose constantemente por el medio en una especie de “sinvivir” para que nadie tapara a los medios  y se hiciera lo previsto (tema nada fácil en estos casos, pues los deportistas suelen olvidarse de que sólo desde determinados ángulos puede compartirse la celebración con el público que ha seguido en su casa, o en el bar, o en el taxi, la final de la Copa Davis). La ceremonia fue sencilla pero brillante, a la altura del partido, con reconocimiento incluido a los árbitros, ayudantes y recogepelotas y con un Rey de España que siguiendo las indicaciones de Protocolo dejaba el puesto entre el público para pisar el albero y sumarse al evento final.
Creo que las imágenes que ayer pudimos vivir acredita la importancia de un buen protocolo en el deporte, cuya aplicación correcta solo hace que engrandecerlo. Ha de ser una organización a la altura de las circunstancias y sin olvidar que hay muchos millones de aficionados que han de conformarse con la televisión. La foto que se adjunta a esta columna acredita cómo en una sola instantánea se puede decir todo: triunfo para la “roja”, valor de equipo, compartir la victoria con todos los españoles, el reconocimiento individual,  el apoyo y agradecimiento del país a través de la presencia del Monarca y todo ello en una reconocible pista de tenis. Solemnidad con el himno del campeón y presencia de los símbolos nacionales. Con imágenes así, las miles de fotografías que se tomaron durante el encuentro quedarán simplemente para los detalles complementarios o para el archivo gráfico.
Ya será cuestión de analizar en otro momento el por qué el himno no termina por hacer vibrar a los aficionados, que gritan mejor otro tipo de melodías como la expresamente hecha para este acontecimiento y cuya letra cantaba todo el mundo:
“Pasan los años, pasan los jugadores, es por un sueño que vamos a luchar, vale la pena, la Roja es lo más grande, el público que cante, gritando sin parar… por eso yo te quiero dar… Sevilla mi corazón, yo te sigo a todas partes, gracias por ser español… yo te quiero dar… Sevilla mi corazón, yo te sigo a todas partes, gracias por ser español… En cada punto me dejaré la vida y cada bola será el último ser, porque la Roja jamás será vencida, vamos España arriba, dejémonos la piel…”. (para oírlo en esta dirección:http://www.youtube.com/watch?v=zutLgjGxyXM).
Claro con el permiso del “A por ellos” que sigue siendo el principal himno de guerra. Puede que esté bien así para el himno nacional se preserve únicamente para la parte más solemne y oficial. Una cuestión a estudiar más: ¿debe los símbolos nacionales ir más allá de lo que la ley permite o aconseja? ¿Puede un jugador acudir a recoger el trofeo envuelto a modo de falta con una bandera de España como en el caso de Verdasco? ¿Puede seguir autorizándose la venta de banderas constitucionales con el toro, el escudo del Real Madrid o del quijote como vimos en las imágenes de la tele? Pero ese es otro debate.